33836.10: Garaje en Folignano (AP) - LOTE 10

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES

El presente documento constituye una recopilación de ofertas irrevocables de compra cuyo objeto son los lotes publicados en la plataforma www.gobidreal.it.
Se precisa que las ofertas irrevocables de compra objeto de la presente recopilación no comportan para el MANDANTE obligación ni compromiso alguno de venta, ni gasto alguno por posibles mediaciones o asesorías (distintas del encargo conferido al MANDATARIO), ni constituyen invitaciones a ofertar, ni ofertas al público ex art. 1336 del Código Civil, ni solicitudes de ahorro público ex art. 94 y ss. del Decreto Legislativo 58/1998.
Para consultar el reglamento de participación y toda la información relativa a la recopilación mencionada, remítase a las condiciones específicas publicadas en la plataforma www.gobidreal.it.

Índice de contenidos:
 
·         Art. 1. Definiciones
·         Art. 2. Aplicabilidad
·         Art. 3. Publicación y desarrollo de las subastas y los anuncios
·         Art. 4. Modalidad de participación y presentación de ofertas
·         Art. 5. Oferta irrevocable de compra
·         Art. 6. Obligaciones del Mandante
·         Art. 7. Comisión del comprador
·         Art. 8. Gastos
·         Art. 9.  Depósito de garantía
·         Art. 10. Pagos
·         Art. 11. Transferencia de propiedad
·         Art. 12. Garantías
 
 
Art. 1. Definiciones:
 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.: titular y gestor del sitio web de subastas en línea http://www.gobidreal.it, con sede en Milán, Via P.O. Vigliani, 19, N.º de IVA - C.F. 09441470961, autorizada para la venta en subasta mediante licencia expedida por el jefe de policía de Milán n.º 13/2008 el 9/04/2008.
gobidreal.it: marca registrada propiedad de GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.
www.gobidreal.it: sitio web gestionado por GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. para la venta de bienes inmuebles por encargo del Mandante.
Mandante: responsable del Procedimiento
Mandatario:GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.
Procedimiento:procedimiento concursal declarado por el Tribunal o encargo de venta conferido por particulares
Subasta: venta competitiva en línea de bienes inmuebles publicada en www.gobidreal.it
Anuncio: publicación de un aviso relativo a la venta o a la recopilación de ofertas/manifestaciones de interés sobre bienes inmuebles, publicada en www.gobidreal.it
Lote: bien o conjunto de bienes objeto de una Subasta o un Anuncio
Usuario registrado: usuario inscrito en www.gobidreal.it
Registro en la subasta: autorización solicitada por el usuario registrado para participar en una Subasta
Número de pujador: identificador del Usuario registrado
Condiciones generales: los presentes términos y condiciones
Condiciones específicas: términos y condiciones específicos de la Subasta
Depósito: importe que debe abonarse para participar en la Subasta.
Precio base: precio inicial de cada lote
Precio de reserva: precio mínimo cuyo cumplimiento autoriza la adjudicación provisional del lote
Precio actual: precio actual del Lote, resultante de la/s puja/s realizada/s por los usuarios
Oferta estática: importe introducido por el usuario para aumentar el precio actual del lote
Oferta máxima: (puja proxy) importe máximo que el usuario está dispuesto a pagar por el lote
Incremento mínimo: importe preestablecido que se añade al precio actual y que es necesario para formalizar la oferta estática.
Tiempo extra : ampliación del tiempo disponible para realizar ofertas en la subasta (véase la sección Tiempo extra)
Adjudicación provisional: comunicación dirigida al mejor postor por parte de GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.  
Precio de adjudicación: importe de adjudicación del lote, sin incluir la eventual comisión del comprador adeudada ni los posibles gastos fiscales y de otra índole
Comisión del comprador: remuneración correspondiente al mandatario, calculada sobre la base imponible del precio de adjudicación

 
2. Aplicabilidad: 
 
Las presentes condiciones se aplican al uso del sitio web www.gobidreal.it y, en particular, a la publicación y al desarrollo de las subastas y los anuncios, así como a los términos y condiciones de participación de los usuarios.
 
     2.1. Condiciones específicas
 
Para cada subasta o anuncio, cuando proceda, se publicarán las Condiciones específicas, en las que se indicará toda la información específica relativa a la propia subasta o anuncio y a los lotes.
Las presentes condiciones serán aplicables salvo que las Condiciones específicas de cada subasta o anuncio indiquen lo contrario 
 
 
 
3.  Publicación y desarrollo de las subastas y los anuncios
 
Las subastas y los anuncios se publicarán en el sitio web www.gobidreal.it, indicando las fechas de celebración y los lotes incluidos y, cuando proceda, los términos y condiciones generales y específicos. 
 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l., de acuerdo con el Mandante, se reserva el derecho de cancelar, prorrogar o interrumpir la subasta o los anuncios.
 
 
4. Modalidad de participación y presentación de ofertas.

4.1 Anuncio 
 
La participación del usuario en la modalidad de anuncio se regirá por las condiciones específicas, cuando existan.
 
4.2 Subasta en línea

4.2.1 Proceso de registro

Para participar en la venta, el usuario deberá inscribirse en el sitio web www.gobidreal.it, introducir sus datos personales, solicitar el registro en la subasta y aceptar sus términos y condiciones.
 
Los datos introducidos por la persona al registrarse en el sitio web y en las subastas serán los mismos a los que, en su caso, se atribuirá la adjudicación y a cuyo nombre se inscribirá el inmueble. Todos los pagos exigidos, anteriores y posteriores a la venta, deberán ser efectuados por las personas registradas.  Los posibles poderes o delegaciones podrán tomarse en consideración previa autorización del Mandante.
 
El usuario deberá abonar el depósito de garantía solicitado mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente indicada en las condiciones específicas de venta y en la página de registro.
Cuando así se indique en las condiciones específicas de venta, el depósito podrá abonarse en línea mediante tarjeta de crédito.
 
El usuario deberá indicar el número de la subasta en la que desea participar y enviar simultáneamente una copia del comprobante de la transferencia realizada a la dirección [email protected]
 
El depósito de garantía deberá haberse abonado obligatoriamente antes de que finalice la subasta, salvo que las condiciones específicas de venta indiquen lo contrario.
 
Además de abonar el depósito de garantía, para que se le autorice a participar en la subasta, el usuario deberá proporcionar los siguientes documentos cargándolos en la sección "Mis documentos" o enviándolos a la dirección [email protected]
 
-       SI ES PERSONA FÍSICA:
 
-       Copia de un documento de identidad vigente de la persona a cuyo nombre se inscribirá el inmueble (no será posible inscribir el inmueble a nombre de una persona distinta de la que realiza el registro, de conformidad con el procedimiento descrito en el punto 5.1)
-       Copia del número de identificación fiscal
-       Si el oferente está casado en régimen de comunidad de bienes, también deberán indicarse los datos correspondientes del cónyuge y enviarse una copia de su documento de identidad (documento no obligatorio a efectos de la autorización, pero solicitado en caso de adjudicación)



-       SI SE TRATA DE SOCIEDADES o ENTIDADES:
 
-       Certificado actualizado del Registro Mercantil o certificado de la C.C.I.A.A.
-       Copia de un documento de identidad vigente de la persona que haya firmado la oferta en representación de la sociedad y, si se trata de una persona distinta del representante legal, copia del documento del que se deriven las facultades correspondientes 
-       Copia del código fiscal de la persona que haya firmado la oferta
-       En su caso, traducción debidamente legalizada del certificado registral, si la sociedad no fuera italiana
-       Poder especial otorgado o autenticado ante notario, en caso de participación a través de un representante   

 
Cuando así lo prevean las condiciones específicas, se solicitarán documentos adicionales que se añadirán a los mencionados anteriormente.
 
5. Oferta irrevocable de compra
 
5.1 Procedimiento de formalización de las ofertas al precio base de subasta
 
La concurrencia del abono del depósito de garantía, la formalización de la inscripción en la subasta – con la aceptación expresa de las condiciones generales y específicas de venta, publicadas en línea en www.gobidreal.it – y el envío por parte del usuario de toda la documentación justificativa solicitada, tal como se especifica anteriormente en el punto 4.2.1, se considerará equivalente a una oferta irrevocable de compra al precio fijado como base de subasta para cada convocatoria de venta y constituirá, por sí misma, un compromiso vinculante de compra por parte del usuario.
 

Dicha oferta será formalizada directamente en la plataforma por el Mandatario mediante una puja en línea, por cuenta del primer usuario que haya completado el procedimiento de formalización descrito anteriormente.
           
Si hay varios participantes que hayan formalizado su oferta irrevocable de compra de acuerdo con las modalidades descritas anteriormente y ninguno de los oferentes realiza una puja superior en la Plataforma, será considerado el mejor postor y, por tanto, adjudicatario provisional quien, por orden cronológico, haya sido el primero en:
 
            - haber completado el procedimiento mencionado anteriormente.
 
El Mandatario se encargará de informar por cualquier medio a todos los oferentes de si son o no los mejores postores en el momento de formalizar la oferta irrevocable de compra mencionada anteriormente. 

 
5.2 Presentación de ofertas para aumentar el precio base.
 
Formulación de pujas superiores
 
La oferta formalizada por el primer oferente podrá ser superada por pujas de importe superior formuladas por cualquier usuario autorizado.
 
El usuario que quiera ser considerado el mejor postor (y, por tanto, adjudicatario provisional) deberá haber formulado la oferta más alta al finalizar la subasta en línea.
 
Naturalmente, si hay varios participantes que realicen pujas superiores a la oferta al precio base de subasta, también el usuario reconocido como "primer oferente" podrá competir por la adjudicación de los lotes realizando pujas superiores al precio actual.
 
Para poder adjudicarse el/los lote/s en venta, se invitará a los usuarios a aumentar el precio indicado en la subasta (y, por tanto, a realizar al menos una puja superior) de las siguientes maneras:
 
 
 
5.2.1 Oferta estática
 
Por "oferta estática" se entiende una puja al precio publicado en línea más un incremento mínimo preestablecido.
 
 
5.2.2 Oferta máxima (puja proxy):
 
Por "puja proxy" se entiende una oferta por un importe máximo. Este corresponde a la cantidad máxima que el usuario está dispuesto a ofrecer por cada lote. Cada oferente introduce manualmente el valor de la puja proxy.
 
Mientras la oferta máxima formulada por el usuario no sea superada por una oferta de importe superior, dicho usuario será considerado el mejor postor y, por tanto, adjudicatario provisional.
 
El precio actual se ajustará automáticamente según el importe de los incrementos preestablecidos, hasta alcanzar el valor fijado como "oferta máxima".
 
El valor de la oferta máxima (puja proxy) formulada por un usuario no será visible para los demás usuarios.
 
 
5.3. Validez de las ofertas
 
En todos los casos (oferta estática – oferta máxima – oferta libre), las ofertas solo se considerarán válidas si se presentan durante el período de celebración de la subasta.
 
5.3.1 Tiempo adicional
 
Si se formula una oferta ganadora durante los 5 minutos anteriores al cierre de la subasta, el plazo para realizar otra oferta se ampliará 5 minutos más a partir de la última puja recibida. Esto se repetirá sucesivamente por cada oferta ganadora recibida dentro de los 5 minutos de tiempo adicional, hasta que finalice el plazo disponible.
 
En caso de tiempo adicional, deberán transcurrir 5 minutos sin que se registre ninguna oferta adicional desde la última puja recibida para que la subasta pueda considerarse definitivamente concluida.
 
Las pujas automáticas en caso de oferta máxima (puja proxy) también se considerarán ofertas ganadoras.
 
 
5.4. Adjudicación de los lotes
 
Al término de cada modalidad de subasta, tras una fase de instrucción, se enviará a los mejores postores una confirmación de adjudicación provisional conforme al art. 107 de la Ley Concursal, en virtud de la cual estarán obligados a efectuar los pagos antes de la fecha límite establecida en las condiciones específicas de venta.
 
La adjudicación provisional se otorgará al participante que haya presentado la oferta más alta por cada lote o, si no se han realizado pujas superiores, al oferente que haya sido reconocido como el primero, por orden cronológico, en completar el procedimiento de formalización de la oferta irrevocable de compra descrito en el punto 5.1.
 
En caso de adjudicación, el precio de venta deberá abonarse íntegramente mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada para el procedimiento, dentro de los plazos establecidos en las condiciones específicas, bajo pena de perder el derecho a la adjudicación y perder definitivamente el depósito de garantía.
 
La escritura de compraventa se otorgará ante notario según las modalidades establecidas por el Mandante (descritas en el punto 11, Transmisión de la propiedad).
 
Las ofertas presentadas son vinculantes y constituyen un compromiso formal de compra. Si el adjudicatario no paga el importe dentro de los plazos establecidos en las condiciones específicas de venta, o si la adjudicación quedara sin efecto, la venta se considerará resuelta automáticamente y se retendrá el depósito de garantía conforme a las modalidades establecidas en la sección "Depósito de garantía".  En tal caso, la adjudicación se otorgará sucesivamente al siguiente mejor postor, que haya completado el procedimiento descrito en el punto 5.1 o realizado una puja superior, de acuerdo con lo indicado en el punto 5.2.
 
 
 
5.5 Otras disposiciones
 
Cuando la ley lo prevea, el Mandante, en calidad de responsable del procedimiento de venta, podrá ejercer la facultad prevista en el art. 107, cuarto apartado, de la Ley Concursal, y suspender la venta si recibe una oferta irrevocable de compra mejorada por un importe no inferior al diez por ciento del precio ofrecido.
 
En cualquier caso, GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. se reserva el derecho de suspender la subasta o la adjudicación de los lotes de común acuerdo con el Mandante.
 
 
 
6. Obligaciones del Mandante

De conformidad con el art. 107 de la Ley Concursal, el Mandante se compromete a notificar a cada uno de los acreedores hipotecarios o que, en cualquier caso, tengan un derecho de privilegio, al menos 20 días antes de la fecha fijada para la conclusión de cada convocatoria de venta, así como a informar al Juez Delegado y al Comité de Acreedores del resultado de cada intento de venta, depositando la documentación correspondiente en la Secretaría Judicial.
 
El Mandante declara que, una vez realizada la venta y cobrado íntegramente el precio, se cancelarán, de conformidad con el art. 108 de la Ley Concursal, las posibles inscripciones relativas a derechos de tanteo y retracto, las anotaciones de embargos y de medidas cautelares de embargo, así como cualquier otra carga que grave los bienes inmuebles puestos a la venta. Salvo que las condiciones específicas de venta dispongan otra cosa, cualquier trámite para lala cancelación será realizada por cuenta y cargo del adjudicatario.
 
7. Prima del comprador

La remuneración correspondiente al Mandatario correrá exclusivamente a cargo del comprador y se indicará con la denominación «Prima del comprador».  Se calculará sobre el importe de adjudicación del bien, de acuerdo con las modalidades indicadas en las condiciones específicas de venta.
 
 
8. Gastos
 
Serán a cargo del comprador los gastos notariales, los impuestos establecidos por ley y todos los gastos relativos a la venta, fiscales y de otro tipo.   El Mandante deberá comunicar lo antes posible el importe exacto de los gastos y especificarlos correctamente.
 
El Mandante deberá actuar en este sentido, teniendo en cuenta la normativa fiscal de la operación y las eventuales ventajas fiscales de las que el comprador pretenda beneficiarse. Por tanto, el Mandante deberá verificar si la operación está sujeta al IVA o al impuesto de registro y precisar, si se cumplen los requisitos, si pretende acogerse al mecanismo de inversión del sujeto pasivo.
 
Al finalizar la venta, el Mandatario solicitará al adjudicatario que indique si desea acogerse al beneficio fiscal por primera vivienda o a otro beneficio fiscal e informará al Mandante en consecuencia, para que este pueda calcular el importe exacto que el comprador deberá pagar en concepto de impuestos.
 
El adjudicatario deberá pagar los gastos dentro de los plazos indicados en las condiciones específicas de venta.
 
 
 
9. Depósito de garantía
 
La participación en la subasta está supeditada al pago de un depósito de garantía obligatorio, definido en las condiciones específicas de venta.
 
Antes de ser autorizados a participar en la subasta, los participantes deberán abonar el importe establecido anteriormente mediante transferencia bancaria o, cuando así se prevea en las condiciones específicas, con tarjeta de crédito a través de la plataforma. Los pagos deberán efectuarse según lo establecido en las condiciones específicas de venta.
El depósito de garantía deberá haberse abonado obligatoriamente antes de que finalice la subasta.
 
Para el pago mediante transferencia bancaria se recomienda realizar una transferencia tipo BIR (transferencia de importe elevado).
 
Si los participantes en la subasta no se adjudican ningún bien, se les devolverá el depósito de garantía en un plazo de 20 días laborables desde la adjudicación, sin intereses.
En caso de adjudicación de uno o varios lotes, el depósito de garantía se devolverá una vez que el comprador haya efectuado la transmisión de la propiedad de los bienes inmuebles adquiridos en la subasta mediante escritura notarial, previa autorización del Mandante. En este caso, el Mandante podrá decidir retener el depósito de garantía para cubrir los posibles gastos relacionados con el procedimiento o para cubrir otros servicios prestados por el Mandatario.
En caso de que el depósito de garantía se pague con tarjeta de crédito, el importe se ingresará en la cuenta corriente del Mandatario, quien devolverá la cantidad retenida de acuerdo con las modalidades descritas anteriormente.
Si el comprador se adjudica al menos un lote en la subasta, el Mandatario podrá, de acuerdo con el Mandante, descontar el depósito de garantía del importe total adeudado por el comprador.
Si, en caso de adjudicación, después de haber abonado el depósito de garantía, el postor no formaliza la compra dentro de los plazos establecidos en las condiciones específicas de venta, tanto respecto del precio de adjudicación como de la Prima del comprador y de los posibles gastos adicionales, la venta se considerará automáticamente resuelta y el depósito de garantía se retendrá en concepto de penalización indemnizatoria.
 
10. Pagos
 
El adjudicatario provisional de uno o varios lotes deberá respetar las condiciones específicas de la subasta, en las que se especificarán los plazos para el pago tanto de los lotes adjudicados como de la Prima del comprador adeudada, así como de los gastos adicionales, y las cláusulas de indemnización correspondientes en caso de incumplimiento de dichas condiciones.
Todos los pagos deberán efectuarse íntegramente y exclusivamente mediante transferencia bancaria, salvo que las condiciones específicas establezcan otras disposiciones.  Los datos se comunicarán cuando el usuario reciba la confirmación de adjudicación provisional.
 
Si el pago de las cantidades adeudadas no se completa dentro de los plazos establecidos, la venta se considerará automáticamente resuelta, de acuerdo con el Mandante, y el depósito de garantía se retendrá en concepto de penalización indemnizatoria, con la consiguiente pérdida de la adjudicación.
 
 
 
 
11. Transmisión de la propiedad
 
La transmisión de la propiedad solo tendrá lugar tras el pago íntegro del precio de adjudicación y de los gastos, según lo previsto en las condiciones específicas de venta, mediante escritura notarial y de acuerdo con las modalidades establecidas por el Mandante, salvo que las condiciones específicas de venta indiquen lo contrario.
En caso de ventas judiciales, el Mandante se encargará, por último, de informar al Juez Delegado para que este proceda a cancelar las inscripciones perjudiciales que pesen sobre los inmuebles objeto de transmisión, de conformidad con el art. 108 de la Ley Concursal, tal como se indica en el art. 6.
Una vez transcurridos los plazos de pago previstos en las condiciones específicas de venta, si no se formaliza la transmisión de la propiedad, la venta se considerará automáticamente resuelta y el importe abonado por el adjudicatario en concepto de Prima del comprador será retenido por el Mandatario como penalización indemnizatoria. En cambio, el importe abonado por el adjudicatario en concepto de depósito de garantía se retendrá de conformidad con las normas previstas en la sección «Depósito de garantía».
 
12.  Garantías
 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.  no se responsabiliza de la falta de correspondencia, total o parcial, de las descripciones de los lotes incluidos en la subasta o en los anuncios publicados en la plataforma.
 
En todo lo no previsto en estas condiciones generales o en las condiciones específicas, se aplicarán las disposiciones contenidas en las Condiciones de uso del sitio web www.gobidreal.it.
 
El usuario registrado es consciente de los posibles problemas, tanto objetivos como subjetivos, derivados del uso de una subasta en línea o de un anuncio en línea a través de Internet, por los que GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. no podrá ser considerada responsable.
 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.  no responderá por daños ni por responsabilidades directas o indirectas, salvo en caso de dolo o culpa grave por su parte. En ningún caso GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. responderá por: acciones del usuario que puedan causar daños o un funcionamiento incorrecto del sistema, la imposibilidad de visualizar o utilizar www.gobidreal.it, el uso ilícito de www.gobidreal.it o cualquier acontecimiento posterior a la finalización de la subasta.
 
En todo lo no expresamente previsto en estas condiciones, generales y específicas, se estará a lo dispuesto en las normas del c.p.c. y de la Ley Concursal.
La venta de los bienes inmuebles se considera forzosa (art. 2919 del Código Civil). Se efectúa respecto de los bienes tal como se han visto y aceptado, en el estado de hecho y de derecho en que se encuentran. En la venta forzosa no se aplica la garantía por defectos de la cosa. Esta no podrá impugnarse por causa de daños (art. 2922 del Código Civil).
 
Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario respecto de la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objeto de la venta (art. 2920 del Código Civil).
           
La venta de los bienes inmuebles se efectúa en el estado de hecho y de derecho en que se encuentran, con todas sus posibles pertenencias, incorporaciones, derechos y acciones, servidumbres activas y pasivas. La venta se realiza como cuerpo cierto y no por medida, y sin garantía alguna por defectos u otras faltas.
 
IRREGULARIDADES, INFRACCIONES, CARGAS, CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA VIGENTE
Para obtener más información sobre posibles irregularidades, infracciones, cargas o falta de conformidad de los lotes en venta con la normativa vigente, consúltese el informe pericial adjunto.
 
Los lotes se venden tal como se han visto y aceptado, en el estado en que se encuentran.
Se recomienda encarecidamente inspeccionar los lotes incluidos en la subasta. GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. o el Mandante declinan toda responsabilidad por posibles errores, omisiones e imprecisiones en las fotografías, las descripciones y cualquier otro detalle indicado en la subasta o en los anuncios. Por este motivo, se recomienda encarecidamente inspeccionar los lotes para verificar su estado real condición de los bienes en subasta.

 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. o el Mandante no ofrecen ninguna garantía
 
Al aceptar estas condiciones, el comprador exime a GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. y al Mandante de toda garantía o reclamación de terceros.

En caso de que surjan litigios relacionados con la interpretación de las disposiciones contenidas en las condiciones generales y específicas indicadas en la plataforma, eventualmente traducidas a otros idiomas, prevalecerá la versión italiana del texto.

Si no se especifica lo contrario, los horarios indicados en las condiciones específicas y en la plataforma se refieren a la zona horaria indicada en la hora del servidor publicada en el sitio web
Gobid.it

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