TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS
Duración de la subasta:
Inicio: mar 06/10/2026 horas 13:00
Finalización: lun 26/10/2026 horas 13:00
Condiciones de visita de los lotes:
Fechas de las visitas: No todos los inmuebles se pueden visitar ya que algunos se encuentran ocupados.
Informacion y visita exterior con cita previa.
Para reservar visitas y recibir más información y detalles:
[email protected] - tel +34.911.875.990
DepósitoPara la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito especifico para cada lote
(el importe se detalla en cada lote).
El depósito deberá de realizarse mediante transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:
BANCO DE SABADELL, S.AIBAN: ES24 0081 0682 4100 0189 4093
SWIFT/BIC: BSABESBBXXX
TITULAR: GOBID ESPAÑA S.L.
Concepto: (numero subasta y numero lote)
El depósito tendrá que estar abonado antes de la finalización de la Subasta.
Solo una vez recibido el depósito el usuario será autorizado a la participación de la Subasta.
Para agilizar la participación a la subasta se recomienda enviar justificante de pago a
[email protected]Los acreedores privilegiados relacionados con los bienes inmuebles en venta en esta subasta quedan exonerados de la consignación del depósito para participar en las pujas de aquellos lotes de los que poseen el crédito. Para participar en la subasta tendrán que enviar un correo indicando su posición y enviar la documentación requerida para la participación, excepto el justificante de pago del depósito.
Los usuarios que hayan participado en la Subasta sin resultar adjudicatarios mantendrán su depósito hasta que el adjudicatario formalice la compraventa, permaneciendo vinculados por las posturas realizadas. En caso de que el adjudicatario incumpla su obligación de formalizar la compraventa, el lote podrá adjudicarse a los siguientes mejores postores, por el orden de sus respectivas posturas, quienes no podrán retirar ni desistir de las ofertas realizadas.
Una vez formalizada la compraventa, los depósitos de los restantes participantes serán devueltos, sin intereses, en un plazo máximo de 5 días hábiles
Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfecciona la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad que la Administración Concursal pueda exigirle por el incumplimiento.
En este caso, la adjudicación será atribuida al siguiente mejor postor, por el orden de sus posturas
Cargas y Gravámenes
La enajenación se realizará libre de cargas y gravámenes, a excepción de los derechos limitativos de dominio, las afecciones legales y cargas urbanísticas correspondientes.
Además, impuestos, arbitrios, tributos relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores y serán satisfechos conforme a Ley, asumiendo además los gastos notariales, registrales y cualesquiera otros relacionados con la enajenación. En ningún caso la sociedad concursada soportará cualquier tipo de gasto afecto a la enajenación.El IBI con privilegio especial (hipoteca legal tácita) se detraerá del precio de venta y se ingresará al Ayuntamiento o a la Diputación correspondiente, conforme a las reglas especiales de liquidación. Los importes pendientes de IBI no amparados por dicha hipoteca legal tácita, así como cualquier otro gasto pendiente, tendrán la calificación y el tratamiento que correspondan conforme al Texto Refundido de la Ley Concursal.
Los mandamientos de cancelación de cargas, únicamente se emitirán por el Juzgado, una vez se aporte por la Administracion Concursal la acreditación de la efectiva transmisión de bienes.
La Administración Concursal solicitará al Juzgado la cancelación de las cargas y anotaciones registrales tanto de embargos como dimanantes del concurso, los gastos de ello derivados correrán a cargo del adquirente.
Adjudicación de los lotes
La adjudicación de las mejores ofertas de cada lote estará sujeta a aprobación por parte de la Administración Concursal, que podrá rechazarlas si las considera irrisorias o perjudiciales para los intereses de la masa. La misma se reserva la posibilidad de comunicar la oferta ganadora al Juzgado para su aprobación. En este caso, solo una vez aprobada la oferta por el Juzgado, se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.
Lotes arrendados: en los lotes que se encuentren arrendados con contrato de arrendamiento en vigor, una vez aceptada la mejor oferta por la Administración Concursal y antes de la adjudicación, se comunicará al arrendatario el importe de la mejor oferta de la subasta, a fin de que pueda ejercer el derecho de adquisición preferente que legalmente le corresponda, en el plazo de 30 días naturales desde la notificación. Si el arrendatario ejerce su derecho, se le adjudicará el lote por el mismo precio, debiendo cumplir con todas las condiciones de la subasta, incluido el pago del Buyer’s Premium y de los gastos de administración. En caso contrario, se procederá a la adjudicación al mejor postor.
Modalidad de participación
Para poder participar a la subasta, el usuario deberá registrarse a la página www.gobid.es, añadiendo sus propios datos personales, solicitar la registración a la subasta y aceptar sus términos y condiciones.
Los datos incluidos en el momento de registrarse en la página de la subasta serán los mismos que se utilizarán para asignar adjudicación de la venta, de los lotes y de la propiedad de los mismos.
Todos los pagos requeridos, anteriores y posteriores a la venta, deberán de ser abonados por parte de los usuarios registrados. Se admite la participación en nombre propio o en nombre de un tercero, persona física o jurídica, previa identificación del representado y aportación del poder correspondiente antes de pujar.
El usuario tendrá que ingresar el depósito requerido para la participación a la subasta en la cuenta bancaria especificada anteriormente.
El usuario tendrá que especificar el número de subasta y el número de lotes en los que quiere participar y enviar al mismo tiempo justificante de la trasferencia realizada a la dirección de correo electrónico
[email protected].
El deposito tendrá que ser obligatoriamente acreditado antes de la finalización de la subasta.
Además del depósito, el usuario para ser autorizado a la participación a la subasta tendrá que facilitar la documentación expresada a continuación mediante el envío a la dirección
[email protected].
- SI PERSONA FISICA:
- copia de DNI valido de la persona a la que se adjudicará la transmisión de la propiedad del lote.
- si el oferente es cónyuge en régimen de bienes gananciales, deberá de facilitar también los datos del cónyuge, mediante el envío de la copia del DNI (documento no vinculante para la habilitación a la subasta, pero requerido en caso de adjudicación).
- SI EMPRESA O ENTIDAD:
- Copia de escritura de constitución de la Sociedad donde constan la constitución de la Sociedad y los poderes otorgados al oferente.
- Copia de DNI valido del administrador o legal representante
- Traducción jurada de la escritura de constitución, en el caso de que la empresa no sea española.
- Poder autorizado por notario, en el caso de participación mediante representante
Forma de pagoEl pago del Buyer’s Premium tendrá que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicada en el momento de la registración o juntos con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta).
El adjudicatario tendrá que abonar el precio total del remate más IVA (si es aplicable) en la cuenta de la concursada, que se indicará en el momento del envío de la confirmación de adjudicación o en la forma que indique la Administración Concursal (incluido, en su caso, el pago al acreedor con privilegio especial), en el acto de otorgamiento de la escritura de compraventa (véase «Plazo de pago»)
Los eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos, tendrán que consignarse antes de la fecha establecida para la formalización de la venta. Una vez abonados todos los importes se procederá a la trasmisión de la propiedad a través de escritura notarial, según las modalidades establecidas por parte del Mandante.
Plazo de pago
El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 10 días desde la comunicación de adjudicación.
El precio del remate se abonará íntegramente en el momento del otorgamiento de la escritura de compraventa ante notario, en el día, hora y notaría que designe la Administración Concursal, en el plazo máximo de 30 dias desde la aprobacion del remate.
Transmisión de propiedad
La formalización de la venta de los bienes inmuebles se realizará a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administracion Concursal, solo una vez abonados el precio de adjudicación y los honorarios (Buyer’s Premium) y demás gastos derivados de la compra, siendo todos los costes asumidos por el adjudicatario.
La formalización deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días desde la aprobacion del remate, salvo causa no imputable al adjudicatario apreciada por la Administración Concursal.
El Mandante se hará cargo, finalmente, de realizar petición al Letrado de la Administración de Justicia para que proceda al levantamiento de los embargos, cargas y anotaciones dimanantes del concurso que pesaran sobre los bienes transmitidos mediante el libramiento de los correspondientes mandamientos. Los costes de los eventuales levantamientos serán a cargo de los adjudicatarios.
Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos que resulten necesarios para su transmisión sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, el Mandatario en acuerdo con el Mandante, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El depósito constituido será perdido y retenido a título de indemnización. Todo ello sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad que la Administración Concursal pueda exigirle por el incumplimiento, pudiendo adjudicarse el lote a los siguientes mejores postores por el orden de sus respectivas posturas.
Se establecen unos gastos de administración, asumidos íntegramente por el adjudicatario, destinados a cubrir el servicio de formalización de la venta, que será organizada por el Mandatario. Los gastos de administración tendrán un importe fijo que no podrá superar los 300€ más los impuestos que resulten de aplicación , el importe exacto se detalla en la ficha del lote correspondiente bajo el concepto "gastos de administración".
Otras condiciones específicas
Es objeto de subasta únicamente la propiedad inmobiliaria; no son objeto de venta las instalaciones, el mobiliario ni la maquinaria que pudieran encontrarse en los inmuebles.
Buyer’s Premium: El oferente que resulte adjudicatario definitivo tendrá que abonar los honorarios de la casa de subasta que se fijan en: 5,00% sobre el precio final de adjudicación de cada lote, más IVA 21% (si fuera aplicable).
El Buyer’s Premium tendrá un importe mínimo de 500 euros (más IVA del 21.00%, si fuera aplicable) por cada lote (comisión mínima).
El pago de la comisión (Buyer’s Premium) será a cargo del adquirente o adjudicatario, sea o no éste el acreedor con privilegio especial.
Titularidad lote 21:
El inmueble del Lote 21, no consta inscrito a nombre de la concursada, y la Administración Concursal no dispone del original del título de adquisición, por lo que no se garantiza su inscripción a favor del adjudicatario. Asimismo, el inmueble se encuentra ocupado y la Administración Concursal carece de su posesión, por lo que no puede visitarse ni se garantiza su entrega efectiva. No se dispone de información sobre posibles deudas con la comunidad de propietarios ni sobre su eventual sujeción al régimen de VPO. Las actuaciones necesarias para obtener la inscripción y recuperar la posesión correrán por cuenta, coste y riesgo del adjudicatario.
INMUEBLES OCUPADOS O ARRENDADOS Lotes 1, 2, 3, 4, 17, 18, 19 y 20
Los inmuebles de los lotes indicados se encuentran ocupados por terceros o arrendados, por lo que no pueden ser visitados. La Administración Concursal no dispone de su posesión inmediata y no garantiza su entrega efectiva libre de ocupantes.
En el caso de inmuebles arrendados, el adjudicatario se subrogará en la posición de arrendador en los términos que resulten de la normativa aplicable.
Las acciones para la recuperación de la posesión o la resolución de los contratos, cuando procedan, serán por cuenta, coste y riesgo del adjudicatario.
Por el mero hecho de pujar, el licitador declara conocer y aceptar estas circunstancias. Renuncia a cualquier reclamación por estos conceptos frente a la concursada, la Administración Concursal y Gobid España, S.L
Bienes afectos a créditos privilegiadosLos acreedores con privilegio especial no tendrán la obligación de realizar la consignación del depósito.
El acreedor con privilegio especial, en caso de adjudicación, estará obligado al pago de los honorarios de la entidad especializada. No se admite la cesión del remate ni de la adjudicación a terceros por parte de ningún adjudicatario, incluidos los acreedores con privilegio especial. La compraventa deberá formalizarse a nombre del propio adjudicatario
Impuestos de la Adjudicación: se aplicará el IVA o/y aquel impuesto que resulte aplicable según la normativa y el sujeto adjudicatario.
Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva y así hasta que no se realice ninguna oferta en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid) los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo extra-time.
La venta de los bienes será realizada de conformidad con la situación en la que estos se encuentren, tanto en cuanto a su configuración física como su sustitución jurídica. Además, quien presenta oferta lo hace aceptando las condiciones registrales y urbanísticas actuales. Las ofertas presentadas tienen carácter irrevocable, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia. Es recomendable visitar los lotes en venta.
Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán a cuenta de la parte adjudicataria, incluidos los eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.
Los adjudicatarios o compradores de cualquier lote o activo renuncian expresamente a cualquier reclamación por el estado del activo. A estos efectos se permitirá a los interesados que lo soliciten expresamente, la comprobación del estado de los activos incluidos en los Lotes, los días que previamente sea fijados a tal efecto. En ningún momento ni el Mandante ni GOBID ESPAÑA SL son responsables del buen funcionamiento, estado, etc. de los lotes que componen el activo. A tal efecto su transmisión se efectuará como cuerpo cierto.
En la venta no tiene lugar ningún tipo de garantía posterior a la venta por la no conformidad del bien, de forma que esta no podrá ser reclamada por ninguno de los adquirentes o interesados.
Por lo tanto, la existencia de eventuales daños o falta de calidad en los bienes vendidos no podrá dar lugar a ninguna acción extrajudicial ni judicial de indemnización o resarcimiento.
Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objetos de la venta.
La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar su verdadera conformidad con el bien dispuesto a la venta.
Queda excluida cualquiera responsabilidad de GOBID ESPAÑA SL derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web.