32343.50: Garaje en Monteprandone (AP) - LOTE 50

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES

Índice de Contenidos:
 
·         Art. 1. Definiciones
·         Art. 2. Aplicabilidad
·         Art. 3. Publicación y desarrollo de las subastas y de los anuncios
·         Art. 4. Modalidades de participación y presentación de ofertas
·         Art. 5. Oferta irrevocable de compra
·         Art. 6. Obligaciones del Mandante
·         Art. 7. Prima del Comprador
·         Art. 8. Cargas
·         Art. 9.  Depósito de Garantía
·         Art. 10. Pagos
·         Art. 11. Transferencia de propiedad
·         Art. 12. Garantías
 
 
Art.1 Definiciones:
 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.: Titular y gestor del sitio de subastas en línea http://www.gobidreal.it, con sede en Milán, Via P.O. Vigliani , 19, P.IVA -C.F. 09441470961 , autorizada para la venta en subasta con Licencia emitida por el Jefe de Policía de Milán n.13/2008  del 9/04/2008.
gobidreal.it: Marca registrada de propiedad de GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.
www.gobidreal.it: El sitio web gestionado por GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. para la venta de bienes inmuebles por encargo conferido por el Mandante.
Mandante: Responsable del Procedimiento
Mandatario:GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.
Procedimiento:procedimiento concursal declarado por el Tribunal o encargo de venta conferido por particulares
Subasta: Venta competitiva en línea de bienes inmuebles publicada en www.gobidreal.it
Anuncio: Publicación de un aviso relativo a la venta o a la recogida de ofertas/manifestaciones de interés sobre bienes inmuebles publicada en www.gobidreal.it
Lote: Bien o conjunto de bienes presentes, objeto de Subasta o Anuncio
Usuario registrado: Usuario inscrito en www.gobidreal.it
Registro en la subasta: Autorización solicitada por el usuario registrado para participar en la subasta individual Subasta
Número de Postor (Bidder Number): Identificador del Usuario registrado
Condiciones Generales: los presentes términos y condiciones
Condiciones Específicas: Términos y condiciones específicos de la Subasta
Depósito: Importe a pagar para la participación en la Subasta.
Precio Base: Precio de salida de los lotes individuales
Precio de reserva: Precio mínimo cuya consecución da autorización a la adjudicación provisional del lote
Precio actual: Precio actual del Lote, resultante de la(s) puja(s) realizada(s) por los usuarios
Oferta estática: importe introducido por el usuario para aumentar el precio actual del lote
Oferta máxima: (oferta proxy) Importe máximo que el usuario pretende pagar por el lote
Puja Mínima: Importe preestablecido añadido al precio actual necesario para poder formalizar la oferta estática.
Tiempo extra : Prórroga del tiempo útil para realizar ofertas en subasta  (ver sección Tiempo extra)
Adjudicación provisional: Comunicación dirigida al mejor postor por parte de GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.  
Precio de adjudicación: Importe de Adjudicación del lote, neto de la eventual Prima del Comprador debida y eventuales cargas adicionales fiscales y no
Prima del Comprador: Compensación correspondiente al mandatario calculada sobre la base imponible del precio de adjudicación

 
2. Aplicabilidad: 
 
Las presentes condiciones se aplican al uso del sitio www.gobidreal.it y, en particular, a la publicación y al desarrollo de las subastas y de los anuncios, así como a los términos y condiciones de participación de los usuarios.
 
     2.1. Condiciones específicas
 
Para cada subasta o anuncio, cuando estén previstas, se publicarán las Condiciones específicas, con las cuales se indicará toda la información específica relativa a la subasta o al anuncio mismo y a los lotes
Las presentes condiciones son aplicables salvo indicaciones diferentes proporcionadas por las Condiciones Específicas de cada subasta o anuncio 
 
 
 
3.  Publicación y desarrollo de las subastas y de los anuncios
 
Las subastas y los anuncios serán publicados en el sitio www.gobidreal.it con indicación de las fechas de desarrollo y de los lotes presentes y, cuando estén previstos, de los términos y condiciones generales y específicos. 
 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l, de acuerdo con el Mandante, se reserva el derecho de anular, prolongar o interrumpir la subasta o los anuncios.
 
 
4. Modalidades de Participación y Presentación de ofertas.
4.1 Anuncio  
 
La participación del usuario en la modalidad anuncio será regulada por las condiciones específicas, cuando estén presentes.
 
4.2 Subasta en línea
4.2.1 Proceso de registro
Para participar en la venta, el usuario deberá inscribirse en el sitio www.gobidreal.it, introduciendo sus datos personales, solicitar el registro en la subasta, aceptando sus términos y condiciones.
 
Los datos introducidos por el sujeto en fase de registro en el sitio y en las subastas serán los mismos a los que eventualmente se atribuirá la adjudicación y a los que se titularizará el inmueble. Todos los pagos solicitados, anteriores y posteriores a la venta, deberán ser efectuados por los sujetos registrados.  Eventuales poderes o delegaciones podrán ser tomados en consideración previa autorización del Mandante.
 
El usuario deberá proceder a pagar el depósito de garantía solicitado mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente especificada en las condiciones específicas de venta y en la página de registro.
Cuando se indique en las condiciones específicas de venta, el pago del depósito podrá realizarse en línea mediante tarjeta de crédito.
 
El usuario está obligado a especificar el número de subasta para la cual se tiene intención de participar y enviar simultáneamente copia contable de la transferencia realizada a la dirección [email protected]
 
La garantía deberá ser acreditada taxativamente antes del término de la subasta, salvo indicaciones diferentes presentes en las condiciones específicas de venta.
 
Además del abono del depósito de garantía, el usuario, para estar habilitado para la participación en la subasta, deberá proporcionar los siguientes documentos mediante carga en la sección "Mis Documentos" o mediante envío a la dirección [email protected]
 
-       SI ES PERSONA FÍSICA:
 
-       Copia de un documento de identidad en vigor del sujeto al que se titularizará el inmueble (no será posible titularizar el inmueble a un sujeto diferente del que suscribe el registro, según el procedimiento descrito en el punto 5.1)
-       Copia del código fiscal
-       Si el oferente está casado en régimen de comunidad legal de bienes, deberán indicarse también los datos correspondientes del cónyuge, con envío de la copia relativa del documento de identidad (documento no vinculante a efectos de la habilitación pero solicitado en caso de adjudicación)
 
-       SI ES SOCIEDAD o ENTIDADES:
 
- certificado de registro mercantil actualizado o certificado de la C.C.I.A.A.
- Copia de un documento de identidad en vigor del sujeto que ha suscrito la oferta en representación de la sociedad y, en caso de que se trate de un sujeto diferente del representante legal, copia del acto del que resulten los poderes correspondientes 
- Copia del código fiscal del sujeto que ha suscrito la oferta 
- Eventual traducción debidamente legalizada del certificado de registro mercantil, en caso de que la sociedad no fuera italiana
- Poder especial recibido o autenticado por notario, en caso de participación mediante representante    

Cuando esté previsto por condiciones específicas, se requerirán documentos adicionales que se integrarán a los mencionados anteriormente.
 
5. Oferta irrevocable de compra 
 
5.1 Procedimiento de perfeccionamiento de las ofertas a precio base de subasta
 
El conjunto de la acreditación del depósito de garantía, la formalización de la inscripción en la subasta – con aceptación expresa de las condiciones de venta generales y específicas, publicadas en línea en www.gobidreal.it – y el envío por parte del usuario de toda la documentación requerida como soporte, tal como se especifica anteriormente, en el punto 4.2.1, se considerará equivalente a una oferta irrevocable de compra al precio fijado como base de subasta para cada intento de venta y constituirá, en sí mismo, un compromiso vinculante de compra por parte del usuario.

 
Dicha oferta será formalizada en la plataforma directamente por el Mandatario mediante puja en línea, en nombre del primer usuario que haya completado el procedimiento de perfeccionamiento descrito anteriormente.
           
Si hay varios participantes que hayan formalizado su oferta irrevocable de compra, según las modalidades descritas anteriormente, y ninguno de los oferentes realice una puja en la Plataforma, resultará mejor oferente y, por lo tanto, adjudicatario provisional, quien, por primera vez, en orden temporal:
 
            - haya completado el procedimiento mencionado anteriormente.
 
El Mandatario se encargará de informar de cualquier manera a todos los oferentes sobre si resultan o no los mejores oferentes al momento de la formalización de la oferta irrevocable de compra mencionada anteriormente. 

5.2 Presentación de las ofertas para aumento del precio base.
 
Formulación de las pujas
 
La oferta, formalizada por el primer oferente, podrá ser superada por pujas de importe superior, formuladas por cualquier usuario habilitado.
 
El usuario que quiera resultar mejor oferente (y por lo tanto adjudicatario provisional), deberá haber formulado la oferta más alta al final de la subasta en línea.
 
Claramente, si hay varios participantes que realicen pujas sobre la oferta a precio base de subasta, también el usuario reconocido como "primer oferente" podrá concurrir a la adjudicación de los lotes realizando pujas sobre el precio actual.
 
Para poder adjudicarse el/los lote(s) en venta, los usuarios serán invitados a aumentar el precio indicado en la subasta (y, por lo tanto, a realizar al menos una puja) según las siguientes modalidades:
 
 
 
5.2.1 Oferta estática 
 
Por "oferta estática" se entiende una puja al precio publicado en línea, más una puja mínima prefijada.
 
 
5.2.2 Oferta máxima (Proxy Bid):
 
Por "proxy bid" se entiende una oferta de importe máximo. Corresponde a la cifra máxima que el usuario está dispuesto a ofrecer por cada lote. El valor de la proxy bid es insertado manualmente por cada oferente.
 
Hasta que la oferta máxima formulada por el usuario no sea superada por una oferta de importe superior, el mismo usuario resultará el mejor oferente y, por lo tanto, adjudicatario provisional.
 
El precio actual se ajustará automáticamente sobre la base del importe de las pujas prefijadas, hasta alcanzar el valor fijado como "oferta máxima".
 
El valor de la oferta máxima (proxy bid) formulada por un usuario, no será visible para los demás usuarios.

 
 
5.3. Validez de las ofertas
 
En todo caso (oferta estática – oferta máxima – oferta libre), las ofertas se considerarán válidas solo si se presentan dentro del período de desarrollo de la subasta.
 
5.3.1 Tiempo extra 
 
Si se formula una oferta ganadora en los 5 minutos anteriores al cierre de la subasta, el tiempo útil para realizar otra oferta se extenderá otros 5 minutos desde la última puja recibida. Así sucesivamente, por cada oferta ganadora recibida dentro de los 5 minutos de tiempo extra, hasta la conclusión del tiempo útil.
 
En caso de tiempo extra, deberán transcurrir 5 minutos sin que se registre ninguna oferta adicional desde la última puja recibida, antes de que la subasta pueda considerarse definitivamente concluida.
 
Las pujas automáticas en caso de oferta máxima (proxy bid) también se considerarán ofertas ganadoras.
 
 
5.4. Adjudicación de los lotes
 
Al final de cada solución de subasta, tras una fase instructora, a los mejores ofertantes se les enviará una confirmación de adjudicación provisional de conformidad con el art. 107 de la Ley Concursal, frente a la cual estarán obligados a efectuar los pagos dentro de la fecha límite establecida en las condiciones específicas de venta.
 
La adjudicación provisional se atribuirá al concursante que haya presentado la oferta más alta para cada lote, o, en caso de ausencia de pujas adicionales, al ofertante que haya sido reconocido como primero, en orden de tiempo, en haber concluido el procedimiento de perfeccionamiento de la oferta irrevocable de compra, descrito en el punto 5.1.
 
En caso de adjudicación, el precio de venta deberá abonarse íntegramente mediante transferencia bancaria a nombre del procedimiento dentro de los plazos establecidos en las condiciones específicas, so pena de caducidad y pérdida definitiva de la garantía.
 
El acto de venta se otorgará mediante escritura notarial según las modalidades establecidas por el Mandante (descritas en el punto 11, Transmisión de propiedad)
 
Las ofertas presentadas son vinculantes y constituyen un compromiso formal de compra. Si el adjudicatario no abona el precio en los plazos establecidos en las condiciones específicas de venta, o en caso de que la adjudicación decaiga, la venta se entenderá automáticamente resuelta y la garantía será retenida, según las modalidades establecidas en la sección "Depósito de garantía".  En tal caso, la adjudicación se atribuirá sucesivamente, en favor del siguiente mejor ofertante, que haya procedido a perfeccionar el procedimiento descrito en el punto 5.1 o a efectuar una puja, sobre la base de lo ilustrado en el punto 5.2.
 
 
 
5.5 Otras disposiciones
 
Donde lo prevea la ley, el Mandante, en calidad de responsable del procedimiento de venta, podrá valerse de la facultad prevista por el art. 107, cuarto párrafo, de la Ley Concursal, y suspender la venta en caso de recepción de una oferta irrevocable de compra mejorada por un importe no inferior al diez por ciento del precio ofrecido
 
En todo caso, GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. se reserva el derecho de suspender la subasta o la adjudicación de los lotes de acuerdo con el Mandante.
 
 
 
6. Obligaciones del Mandante
De conformidad con el art. 107 de la Ley Concursal, el Mandante se compromete a dar noticia mediante notificación a cada uno de los acreedores hipotecarios o en todo caso provistos de privilegio al menos 20 días antes de la fecha fijada para la conclusión de cada intento de venta, así como a informar al Juez Delegado y al Comité de Acreedores del resultado de cada intento de venta, depositando en la Secretaría la documentación correspondiente.
 
El Mandante declara que las inscripciones relativas a derechos de preferencia, transcripciones de embargos y de secuestros conservativos y de cualquier otra carga que grave los bienes inmuebles puestos en venta, serán canceladas de conformidad con el art. 108 de la Ley Concursal una vez ejecutada la venta y cobrado íntegramente el precio. Salvo distintas disposiciones presentes en las condiciones específicas de venta, toda formalidad para la cancelación será realizada a cargo y expensas del adjudicatario.
 
7. Prima del comprador 
La compensación correspondiente al Mandatario será exclusivamente a cargo del adquiriente e indicada con la denominación Prima del comprador.  Este se calculará sobre el importe de adjudicación del bien, según las modalidades indicadas en las condiciones específicas de venta.
 
 
8. Gastos 
 
Estarán a cargo del comprador los gastos notariales, los impuestos legales y todos los gastos relativos a la venta, fiscales y no fiscales. La comunicación sobre el importe exacto de los gastos y su correcta especificación deberá ser realizada por el Mandante lo antes posible.
 
El Mandante deberá proceder en tal sentido, teniendo en cuenta el régimen fiscal de la operación y las eventuales         bonificaciones a las que el comprador pretenda acogerse. El Mandante deberá, por tanto, verificar si la operación está sujeta a IVA o a impuesto de registro y precisar, si concurren los supuestos, si pretende acogerse al reverse charge.
 
Al final de la venta, el Mandatario procederá, por último, a preguntar al adjudicatario si pretende acogerse al beneficio por vivienda habitual u otro beneficio fiscal e informar al Mandante en consecuencia, para que pueda proceder a calcular el importe exacto que el comprador deberá pagar en concepto de impuestos.
 
El adjudicatario deberá proceder al pago de los gastos a más tardar en los plazos indicados en las condiciones específicas de venta.
 
 
 
9. Depósito de garantía
 
 
La participación en la subasta está vinculada al pago de un depósito de garantía obligatorio definido en las condiciones específicas de venta.
 
Antes de ser habilitados para participar en la subasta, los participantes deberán abonar el importe establecido anteriormente mediante transferencia bancaria o, cuando esté previsto en las condiciones específicas, con tarjeta de crédito a través de la plataforma. Los pagos deberán realizarse como se establece en las condiciones específicas de venta.
La garantía deberá ser acreditada obligatoriamente antes de la finalización de la subasta.
 
Para el pago mediante transferencia bancaria se recomienda efectuar una transferencia tipo BIR (transferencia de importe relevante)
 
Si los participantes en la subasta no se adjudican ningún bien, la garantía será devuelta dentro de los 20 días hábiles posteriores a la adjudicación, sin intereses.
En caso de adjudicación de uno o más lotes, el depósito de garantía será devuelto después de que el comprador haya procedido a efectuar la transmisión de propiedad de los bienes inmuebles adquiridos en subasta mediante escritura notarial, previa autorización proporcionada por el Mandante. En tal caso, el depósito de garantía podrá ser retenido tanto para cubrir los eventuales gastos imputables al Procedimiento, a discreción del Mandante, como para cubrir otros eventuales servicios prestados por el Mandatario.
En caso de pago del depósito de garantía mediante tarjeta de crédito, el depósito será cobrado en la cuenta corriente del Mandatario, que procederá a devolver el importe así retenido según las modalidades descritas anteriormente.
Si el comprador se adjudica al menos un lote en subasta, será facultad del Mandatario, de acuerdo con el Mandante, deducir la garantía del importe total adeudado por el comprador.
Si, en caso de adjudicación, después de haber pagado la garantía, el oferente no perfecciona la compra dentro de los plazos establecidos en las condiciones específicas de venta, tanto en concepto de precio de adjudicación como de Buyer's Premium y eventuales gastos adicionales, la venta se entenderá automáticamente resuelta y la garantía será retenida a título de penalidad resarcitoria.
 
10. Pagos
 
El adjudicatario provisional de uno o más lotes está obligado a respetar las condiciones específicas de la subasta, donde se especificarán los plazos para  el pago tanto de los lotes adjudicados como del Buyer's Premium  adeudado, así como de los gastos adicionales,    y las relativas cláusulas de indemnización en caso de incumplimiento de dichas condiciones.
Todos los pagos deberán ser efectuados íntegramente y exclusivamente mediante transferencia bancaria, salvo disposiciones diferentes indicadas en las condiciones específicas.  Los datos se especificarán cuando el usuario reciba la confirmación de adjudicación provisional.
 
En el caso de que el pago de los importes adeudados no se perfeccione dentro de los plazos establecidos, de acuerdo con el Mandante, la venta se entenderá automáticamente resuelta y el depósito de garantía será retenido en concepto de penalización resarcitoria, con la consiguiente decadencia de la adjudicación.
 
 
 
 
11 . Transferencia de propiedad
 
La transferencia de la propiedad se realizará mediante escritura pública ante notario, designado por el procedimiento, solo después del pago íntegro del precio de adjudicación, de los gastos y del Buyer's Premium, salvo distintas indicaciones presentes en las condiciones específicas de venta.
En caso de ventas judiciales, el Mandante se encargará, por último, de comunicar al Juez Delegado para que, a su vez, proceda a la cancelación de las inscripciones perjudiciales sobre los inmuebles objeto de cesión conforme al art. 108 l.f., tal como se indica en el art. 6.
Transcurridos los plazos previstos para los pagos previstos en las condiciones específicas de venta, en caso de no perfeccionarse la transferencia de la propiedad, la venta se entenderá automáticamente resuelta y el importe pagado por el adjudicatario en concepto de Buyer's Premium será retenido por el Mandatario en concepto de penalización resarcitoria. El importe pagado por el adjudicatario en concepto de depósito de garantía será, en cambio, retenido según las normas previstas en la sección Depósito de Garantía.   

12.  Garantías
 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.  no es responsable de la falta o parcial correspondencia de las descripciones de los lotes presentes en subasta o en los anuncios publicados en la plataforma.
 
Para todo lo no previsto en las presentes condiciones generales o en las condiciones específicas, se aplicarán las previsiones contenidas en las Condiciones de uso del sitio web www.gobidreal.it.
 
El usuario registrado es consciente de las posibles problemáticas tanto objetivas como subjetivas derivadas del uso de una subasta en línea o anuncio en línea realizados a través de internet, por las cuales GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. no podrá ser considerada responsable.
 
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.  no responde por daño o responsabilidad directos y/o indirectos salvo dolo o culpa grave de la misma. De modo absoluto GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l.  no responde de: acciones directas del usuario que pueden causar daño o mal funcionamiento al sistema, indisponibilidad de visualización y/o de uso de www.gobidreal.it, uso ilícito de www.gobidreal.it, cualquier evento posterior a la conclusión de la subasta.
 
Para todo lo no expresamente previsto en las presentes condiciones, generales y específicas, se remite a las normas del Código de Procedimiento Civil y de la Ley Concursal.
La venta de los bienes inmuebles se entiende forzosa (Art. 2919 CC). Esta es dispuesta para los bienes vistos y aceptados en el estado de hecho y de derecho en que se encuentran. En la venta forzosa no tiene lugar la garantía por los vicios de la cosa. Esta no puede ser impugnada por causa de daños. (Art. 2922 CC).
 
Se excluye cualquier responsabilidad a cargo del Mandatario respecto a la existencia de derechos de terceros sobre bienes objeto de la venta (Art. 2920 CC).
           
La venta de los bienes inmuebles se realiza en el estado de hecho y de derecho en que los mismos se encuentran, con todas las eventuales pertenencias,     accesiones, razones y acciones, servidumbres activas y pasivas. La venta es a cuerpo cierto y no a medida, y sin ninguna garantía por vicios       u otra falta.
 
ABUSOS, VIOLACIONES, GRAVÁMENES, CONFORMIDAD CON LAS NORMATIVAS VIGENTES
Para más información relativa a eventuales abusos, violaciones, gravámenes o faltas de conformidad con las normativas vigentes de los lotes en venta, se remite al informe pericial adjunto.
 
Los lotes se venden vistos y aceptados en el estado en que se encuentran.
La visión de los lotes en subasta es fuertemente recomendada, GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. o el Mandante declinan toda responsabilidad por eventuales errores, omisiones e imprecisiones en las fotos, en las descripciones y en cualquier otro detalle indicados en la subasta o en los anuncios,  por este motivo la visión de los lotes es fuertemente recomendada a fin de verificar la real condición de los bienes en subasta.

 
Ninguna garantía es dada por GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. o por el Mandante
 
El comprador, aceptando las presentes condiciones, exime a GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.r.l. y al Mandante de toda garantía o pretensión de terceros.

GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL no responde por daño o responsabilidad directos y/o indirectos salvo dolo o culpa grave de las mismas.

De modo absoluto  GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL no responde de: acciones directas del usuario que pueden  causar daño o mal funcionamiento al sistema, indisponibilidad de visualización y/o de uso de www.gobidreal.it, uso ilícito de www.gobidreal.it.

GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL  no podrá, en ningún caso, ser considerada responsable por eventuales  fallos de funcionamiento del sistema que de cualquier modo puedan perjudicar o retrasar la entrega de las comunicaciones al sujeto que  se registra.

El procedimiento competitivo podrá, a discreción de GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL, de acuerdo con el Mandante, ser suspendido y/o aplazado tanto por problemas técnicos de conexión al sistema dependientes de fallos de funcionamiento del servidor o de la red, como a su juicio inapelable por motivaciones diversas.

Constituyen plena y exclusiva prueba entre todas las partes del presente procedimiento, en cuanto al contenido y al momento de los  documentos/mensajes intercambiados por vía electrónica, los registros presentes en el archivo de log generado por el sistema. Los sujetos que se  registran declaran y reconocen que los registros del sistema constituyen plena prueba de las relaciones entre los mismos. Dichos registros tienen carácter reservado y no serán divulgados a terceros, salvo en las hipótesis expresamente previstas o por orden de la Autoridad Judicial.

Para todo lo no previsto en las presentes condiciones, serán válidas las previsiones contenidas en las condiciones de uso del sitio de internet www.gobidreal.it.

En caso de surgir eventuales controversias relativas a la interpretación de las disposiciones contenidas en las condiciones generales y específicas indicadas en la plataforma, eventualmente traducidas a otros idiomas, dará fe la versión italiana del texto.
Gobid.it

Gobid.it is a registered trademark by: GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL

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