32254: Vivienda ubicada en Partaloa, Almería - Juzgado de lo Mercantil N° 2 de Almería

TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS
 
Duración de la subasta:
 
Inicio: jue 18/06/2026 horas 12:30
Finalización: vie 17/07/2026 horas 12:30
 
Condiciones de visita de los lotes:

Fechas de las visitas: No se puede visitar

Para reservar visitas y recibir más información y detalles:

Para reservar visitas y recibir más información y detalles: [email protected] - tel +34.911.875.990 
 
Depósito 

Para la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito de EUR 15.000,00
 

El depósito deberá de realizarse mediante:
 
Transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:
 
BANCO DE SABADELL, S.A

IBAN : ES24 0081 0682 4100 0189 4093
SWIFT/BIC: BSABESBBXXX

TITULAR: GOBID ESPAÑA S.L.
 
Concepto: (numero subasta y numero lote)
 
El depósito tendrá que estar abonado antes de la finalización de la Subasta.

Solo una vez recibido el depósito el usuario será autorizado a la participación de la Subasta.


Para agilizar la participación a la subasta se recomienda enviar justificante de pago a [email protected]

Los acreedores privilegiados relacionados con los bienes inmuebles en venta en esta subasta quedan exonerados de la consignación del depósito para participar en las pujas de aquellos lotes de los que poseen el crédito. Para participar en la subasta tendrán que enviar un correo indicando su condición de Acreedor Privilegiado y enviar la documentación requerida para la participación, excepto el justificante de pago del depósito.   
 
Los usuarios que hayan participado a la Subasta, pero no se hayan adjudicado ningún bien recibirán su caución dentro de los 20 días hábiles siguientes a contar desde la conclusión de la subasta, sin intereses.  


En el caso de que los participantes se adjudiquen uno o más lotes, el depósito consignado será reembolsado una vez se haya formalizado la venta a través de escritura notarial, con autorización previa por parte del AC, en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la formalización, salvo que la Administración Concursal haya previsto que dicho depósito se descuente del precio de la compraventa o se destine para el pago de los honorarios de Gobid.


Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfecciona la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.  


En caso de que haya una segunda mejor oferta conforme con las reglas indicadas en el punto "Segundo mejor postor", el Administrador Concursal podrá decidir si adjudicar a la segunda mejor oferta o repetir la subasta.



Cargas y Gravámenes

La enajenación se realizará libre de cargas y gravámenes, a excepción de los derechos limitativos de dominio, las afecciones legales y cargas urbanísticas correspondientes.

Además, impuestos, arbitrios, tributos relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores, asumiendo además los gastos notariales, registrales y cualesquiera otros relacionados con la enajenación, incluida la plusvalía municipal.


En ningún caso la sociedad concursada soportará cualquier tipo de gasto afecto a la enajenación. Igualmente, serán por cuenta del comprador los importes pendientes que pudieran existir en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles, cuotas de urbanización y gastos de comunidad y de aquellas tasas y todo tipo de gastos devengados y no satisfechos por la concursada que graven los bienes.
 
Los mandamientos de cancelación de cargas, únicamente se emitirán por el Juzgado, una vez se aporte por la Administración Concursal la acreditación de la efectiva transmisión de bienes.
La Administración Concursal solicitará al Juzgado la cancelación de las cargas y anotaciones registrales de toda índole. Los gastos derivados de ello correrán a cargo del adquirente.
 

Adjudicación de los lotes

Al finalizar la subasta, en caso de que la oferta ganadora de la subasta sea de importe igual o superior al precio de reserva se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.

En el caso de que la oferta no alcance el precio mínimo o de reserva, la adjudicación tendrá que ser aprobada por parte de la Administracion Concursal.

Advertencia: la Administración Concursal se reserva la posibilidad de comunicar la oferta ganadora al Juzgado para su aprobación. En este caso, solo una vez aprobada la oferta por el Juzgado, se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.



Modalidad de participación

Para poder participar a la subasta, el usuario deberá registrarse a la página www.gobid.es, añadiendo sus propios datos personales, solicitar el registro en la subasta y aceptar sus términos y condiciones. 

Los datos incluidos en el momento de registrarse en la página de la subasta serán los mismos que se utilizarán para asignar adjudicación de la venta, de los lotes y de la propiedad de los mismos, salvo que se prevea la facultad de ceder el remate a tercero.

Todos los pagos requeridos, anteriores y posteriores a la venta, deberán de ser abonados por parte de los usuarios registrados. Eventuales poderes se tendrán en cuenta solo en caso de autorización de la Administración Concursal.

El usuario tendrá que ingresar el depósito requerido para la participación a la subasta en la cuenta bancaria especificada anteriormente.

El usuario tendrá que especificar el número de subasta y el número de lotes en los que quiere participar y enviar al mismo tiempo justificante de la trasferencia realizada a la dirección de correo electrónico [email protected].

El depósito tendrá que ser obligatoriamente acreditado antes de la finalización de la subasta y formular pujas.

Además del depósito, el usuario para ser autorizado a la participación a la subasta tendrá que facilitar la documentación expresada a continuación mediante el envío a la dirección [email protected]

- SI PERSONA FISICA:
- copia de DNI valido de la persona a la que se adjudicará la transmisión de la propiedad del lote.
- si el oferente es cónyuge en régimen de bienes gananciales, deberá de facilitar también los datos del cónyuge, mediante el envío de la copia del DNI (documento no vinculante para la habilitación a la subasta, pero requerido en caso de adjudicación).

- SI EMPRESA O ENTIDAD:
- Copia de escritura de constitución de la Sociedad donde constan la constitución de la Sociedad y los poderes otorgados al oferente.
- Copia de DNI valido del administrador o legal representante
- Traducción jurada de la escritura de constitución, en el caso de que la empresa no sea española.
- Poder autorizado por notario, en el caso de participación mediante representante

  
Forma de pago   
 
El pago del Buyer’s Premium tendrá que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicadas en el momento del registro en la subasta, o junto con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta).
 
El adjudicatario provisional tendrá que consignar en la Cuenta de la concursada, que se indicará en el momento del envío de la confirmación de adjudicación, el precio total del remate más impuestos aplicables en el plazo establecido. (véase condiciones generales).
 
Los eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelaciones en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos, tendrán que consignarse antes de la fecha establecida para la formalización de la venta. Una vez abonados todos los importes se procederá a la trasmisión de la propiedad a través de escritura notarial, según las modalidades establecidas por parte de la Administración Concursal.

  
Plazo de pago
 
El pago del precio de adjudicación deberá de realizarse en el plazo de 10 días desde la comunicación de adjudicación.


El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 20 días desde la comunicación de adjudicación.

Se prevé la posibilidad, previa autorización de la Administración Concursal, de abonar el precio del remate en el momento de la formalización de la venta ante notario.

 
Transmisión de propiedad
 
La formalización de la venta de los bienes inmuebles se realizará a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administración Concursal, solo una vez abonados el precio de adjudicación y los honorarios (Buyer’s Premium) y demás gastos derivados de la compra, siendo todos los costes asumidos por el adjudicatario.

La formalización deberá realizarse en un plazo máximo de  20 días desde el envío de la confirmación de adjudicación, siendo este plazo prorrogable a instancia de la Administración Concursal.

La Administración Concursal se hará cargo, finalmente, de realizar petición para que proceda al levantamiento de los embargos, cargas y anotaciones dimanantes del concurso y de cualquier otra susceptible de cancelación según prevé el TRLC. Los costes de los eventuales levantamientos serán a cargo de los adjudicatarios.
  
Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos que resulten necesarios para su transmisión sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, GOBID en acuerdo con la Administración Concursal, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El importe depositado a título de Buyer's Premium será perdido y retenido en concepto de indemnización.

Se establecen unos gastos de administración, asumidos íntegramente por el adjudicatario, destinados a cubrir el servicio de formalización de la venta, que será organizada por GOBID. Los gastos de administración tendrán un importe fijo que no podrá superar los 300€ + impuestos aplicables en su caso, el importe exacto se detallará en la ficha del lote correspondiente bajo el concepto "gastos de administración".

 
Otras condiciones específicas

Buyer’s Premium: El oferente que resulte adjudicatario definitivo tendrá que abonar los honorarios de GOBID que se fijan en: 5,00%sobre el precio final de adjudicación de cada lote, más IVA (si fuera aplicable).

El Buyer’s Premium tendrá un importe mínimo de 500 euros (más IVA del 21.00%, si fuera aplicable) por cada lote (comisión mínima). 

El pago de la comisión (Buyer’s Premium) será a cargo del adquirente o adjudicatario, sea o no éste el acreedor con privilegio especial.


Bienes afectos a créditos privilegiados: Los acreedores con privilegio especial no tendrán la obligación de realizar la consignación del depósito.
 
Se da opción al titular del crédito con privilegio especial de ceder el remate a favor de terceros.

 
El acreedor con privilegio especial, en caso de adjudicación, estará obligado al pago de los honorarios de la entidad especializada. 


Impuestos de la Adjudicación: se aplicará aquel impuesto que resulte aplicable según la normativa y el sujeto adjudicatario.
 
Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva y así hasta que no se realice ninguna puja en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid) los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo extra-time.


Segundo mejor postor: En previsión de que la oferta del mejor postor no resulte finalmente adjudicataria, el Administrador Concursal podrá aceptar ofertas inferiores a la mejor postura presentada en la subasta, siempre que alcancen al menos el 85% de ésta y no superen la mejor oferta presentada durante la subasta.

Para poder ser considerado segundo mejor postor, además de las ofertas que han sido presentadas durante el período de subasta, podrán presentarse nuevas ofertas en un plazo no inferior a dos horas ni superior a veinticuatro horas inmediatamente posterior a la finalización de la subasta.

Para presentar ese tipo de oferta hay que rellenar modelo adjunto a la página de la subasta, según las indicaciones detalladas en el mismo.

En caso de igualdad de ofertas, prevalecerá la que haya sido recibida en primer lugar según la fecha y hora de su registro en el sistema.

El hecho de que haya una segunda mejor oferta que cumpla con los requisitos establecidos no significa que el Administrador Concursal este obligado a aceptarla, pudiendo rechazarla y repetir la subasta.

La venta de los bienes será realizada de conformidad con la situación en la que estos se encuentren, tanto en cuanto a su configuración física como su situación jurídica (propiedad, arrendamiento financiero, o cualquier otro derecho de uso). Además, quien presenta oferta lo hace aceptando las condiciones registrales y urbanísticas actuales. Es recomendable visitar los lotes en venta.
 
Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán a cuenta de la parte adjudicataria, incluidos los gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.

Los adjudicatarios o compradores de cualquier lote o activo renuncian expresamente a cualquier reclamación por el estado del activo. A estos efectos se permitirá a los interesados que lo soliciten expresamente, la comprobación del estado de los activos incluidos en los Lotes, los días que previamente sean fijados a tal efecto.

 
Queda excluida cualquier responsabilidad de GOBID relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objeto de la venta, así como cualquier responsabilidad derivada de posibles errores o imprecisiones en la traducción de los textos y materiales publicados en la página web.

Gobid.it

Gobid.it is a registered trademark by: GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL

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