32118: Cuota del 50% de una vivienda en Almería - Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Almería

TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS
 
Duración de la subasta:

Inicio: mar 09/06/2026 horas 13:30
Finalización: mié 08/07/2026 horas 13:30

Condiciones de visita de los lotes:

Fechas de las visitas: con cita previa

Para reservar visitas y recibir más información y detalles: [email protected] - tel +34.911.875.990 

Depósito

Para la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito caucional. de EUR 1.500,00

El depósito deberá de realizarse mediante transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:
 
BANCO DE SABADELL, S.A
 
IBAN : ES24 0081 0682 4100 0189 4093
SWIFT/BIC: BSABESBBXXX
 
TITULAR: GOBID ESPAÑA S.L.
 
Concepto: numero subasta y numero lote
 

Los usuarios interesados deberán de consignar el depósito descrito anteriormente antes de la finalización de la Subasta.

Solo una vez recibido el depósito el usuario será autorizado a la participación de la Subasta.
Para agilizar la participación a la subasta se recomienda enviar justificante de pago a [email protected]  

Los usuarios que hayan participado a la Subasta, pero no se hayan adjudicado ningún bien, recibirán su caución dentro de los 20 días hábiles siguientes a contar desde la conclusión de la subasta.

Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfecciona la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.  

En caso de que haya una segunda mejor oferta conforme con las reglas indicadas en el punto "Segundo mejor postor", el Administrador Concursal podrá decidir si adjudicar a la segunda mejor oferta o repetir la subasta.

Cargas

La enajenación se realizará libre de cargas y gravámenes, a excepción de los derechos limitativos de dominio, las afecciones legales y cargas urbanísticas correspondientes.

Además, impuestos, arbitrios, tributos relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores, asumiendo además los gastos notariales, registrales y cualesquiera otros relacionados con la enajenación. En ningún caso la sociedad concursada soportará cualquier tipo de gasto afecto a la enajenación. Igualmente, serán por cuenta del comprador los importes pendientes que pudieran existir de aquellas tasas y todo tipo de gastos devengados y no satisfechos por la concursada que graven los bienes. En caso de que los vehiculos tengan impuestos IVTM municipales pendientes de pago estos serán a cargo del adjudicatario. 
 
Los mandamientos de cancelación de cargas, únicamente se emitirán por el Juzgado, una vez se aporte por la Administración Concursal la acreditación de la efectiva transmisión de bienes, y, en caso de bienes sujetos a privilegio especial, el pago al acreedor privilegiado.  
 
La Administración Concursal solicitará al Juzgado la cancelación de las cargas y anotaciones registrales tanto de embargos como dimanantes del concurso, los gastos de ello derivados correrán a cargo del adquirente.

Adjudicación de los lotes

Al finalizar la subasta, en caso de que la oferta ganadora de la subasta sea de importe igual o superior al precio de reserva se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.

En el caso de que la oferta no alcance el precio mínimo o de reserva, la adjudicación tendrá que ser aprobada por parte de la Administracion Concursal.

Advertencia: la Administración Concursal se reserva la posibilidad de comunicar la oferta ganadora al Juzgado para su aprobación. En este caso, solo una vez aprobada la oferta por el Juzgado, se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.

Modalidad de participación

Para poder participar a la subasta, el usuario deberá registrarse a la página www.gobid.es, añadiendo sus propios datos personales, solicitar la registración a la subasta y aceptar sus términos y condiciones. 

Los datos incluidos en el momento de registrarse en la página de la subasta serán los mismos que se utilizarán para asignar adjudicación de la venta, de los lotes y de la propiedad de los mismos.

Todos los pagos requeridos, anteriores y posteriores a la venta, deberán de ser abonados por parte de los usuarios registrados. Eventuales poderes se tendrán en cuenta solo en caso de autorización del Mandante.

El usuario tendrá que ingresar el depósito requerido para la participación a la subasta en la cuenta bancaria especificada anteriormente.

El usuario tendrá que especificar el número de subasta y el número de lotes en los que quiere participar y enviar al mismo tiempo justificante de la trasferencia realizada a la dirección de correo electrónico [email protected].

El depósito tendrá que ser obligatoriamente acreditado antes de la finalización de la subasta.

Además del depósito, el usuario para ser autorizado a la participación a la subasta tendrá que facilitar la documentación expresada a continuación mediante el envío a la dirección [email protected]

- SI PERSONA FISICA:
- Copia de DNI valido de la persona a la que se adjudicará la transmisión de la propiedad del lote.
- Si el oferente es cónyuge en régimen de bienes gananciales, deberá de facilitar también los datos del cónyuge, mediante el envío de la copia del DNI (documento no vinculante para la habilitación a la subasta, pero requerido en caso de adjudicación).

- SI EMPRESA O ENTIDAD:
- Copia de escritura de constitución de la Sociedad donde constan la constitución de la Sociedad y los poderes otorgados al oferente.
- Copia de DNI valido del administrador o legal representante
- Traducción jurada de la escritura de constitución, en el caso de que la empresa no sea española.
- Poder autorizado por notario, en el caso de participación mediante representante

Forma de pago   

Todos los pagos tendrán que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicadas en el momento de la registración o juntos con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta).

Plazo de pago

El pago del precio de adjudicación de los lotes deberá de realizarse en el plazo de  20 días desde la comunicación de adjudicación.


El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 10 días desde la comunicación de adjudicación.


Transmisión de propiedad
 
La formalización de la venta de los bienes inmuebles se realizará a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administración Concursal, solo una vez abonados el precio de adjudicación y los honorarios (Buyer’s Premium) y demás gastos derivados de la compra, siendo todos los costes asumidos por el adjudicatario.

La formalización deberá realizarse en un plazo máximo de 20 días desde el envío de la confirmación de adjudicación, siendo este plazo prorrogable solo por parte de la Administración Concursal.

El Mandante se hará cargo finalmente de realizar petición al Secretario Judicial para que proceda al levantamiento de los embargos, cargas y anotaciones dimanantes del concurso que pesaran sobre los bienes transmitidos mediante el libramiento de los correspondientes mandamientos. Los costes de los eventuales levantamientos serán a cargo de los adjudicatarios.
  
Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos que resulten necesarios para su transmisión sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, el Mandatario en acuerdo con el Mandante, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El importe depositado a título de Buyer's Premium será perdido y retenidos a título de indemnización.

Se establecen unos gastos de administración, asumidos íntegramente por el adjudicatario, destinados a cubrir el servicio de formalización de la venta, que será organizada por el Mandatario. Los gastos de administración tendrán un importe fijo que no podrá superar los 300€, el importe exacto se detalla en la ficha del lote correspondiente bajo el concepto "gastos de administración".

Otras condiciones específicas

Buyer’s Premium: un cargo del 5,00% (más IVA del 21%, si fuera aplicable) del precio de adjudicación de cada lote, que será añadido a este.

El Buyer’s Premium tendrá un importe mínimo de 500 euros (más IVA del 21.00%, si fuera aplicable) por cada lote o combinación adjudicados (comisión mínima). 

Bienes afectos a créditos privilegiados

Los acreedores con privilegio especial no tendrán la obligación de realizar la consignación del depósito.
 
Se da opción al titular del crédito con privilegio especial de ceder la adjudicación que consiga.
 
El acreedor con privilegio especial, en caso de adjudicación, estará obligado al pago de los honorarios de la entidad especializada. 

IVA: IVA del 21,00% del precio de venta, que será calculado sobre el precio de adjudicación de cada lote (si aplicable).

Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva y así hasta que no se realice ninguna oferta en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid) los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo extra-time.

Segundo mejor postor: En previsión de que la oferta del mejor postor no resulte finalmente adjudicataria, el Administrador Concursal podrá aceptar ofertas inferiores a la mejor postura presentada en la subasta, siempre que alcancen al menos el 85% de ésta y no superen la mejor oferta presentada durante la subasta.

Para poder ser considerado segundo mejor postor, además de las ofertas que han sido presentadas durante el período de subasta, podrán presentarse nuevas ofertas en un plazo no inferior a dos horas ni superior a veinticuatro horas inmediatamente posterior a la finalización de la subasta.

Para presentar ese tipo de oferta hay que rellenar modelo adjunto a la página de la subasta, según las indicaciones detalladas en el mismo.

En caso de igualdad de ofertas, prevalecerá la que haya sido recibida en primer lugar según la fecha y hora de su registro en el sistema.

El hecho de que haya una segunda mejor oferta que cumpla con los requisitos establecidos no significa que el Administrador Concursal este obligado a aceptarla, pudiendo rechazarla y repetir la subasta.


Gastos de administración: Son los gastos adicionales que recaen completamente sobre el adjudicatario, destinados a cubrir los servicios y actividades, realizadas y por realizar, necesarios para la preparación, organización y gestión de la venta de los bienes en subasta y la fase posterior a la adjudicación. Estos gastos deberán ser abonados junto con el pago del buyer's premium (honorarios del comprador) según la confirmación de adjudicación provisional que se emitirá una vez finalizada la subasta. Si son aplicables, dichos gastos se indicarán en la ficha de cada lote.


Formateo de Equipos Informáticos: El adjudicatario de cualquier lote que incluya equipos informáticos deberá proceder al formateo de los dispositivos que lo requieran antes de su retirada. El coste de dicho formateo será asumido íntegramente por el adjudicatario, quien además deberá acreditar que los equipos han sido vaciados de manera adecuada y conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos y gestión de residuos electrónicos.

La venta de los bienes será realizada de conformidad con la situación en la que estos se encuentren, tanto en cuanto a su configuración física como su sustitución jurídica. Es recomendable visitar los lotes en venta.

Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán a cuenta de la parte adjudicataria, incluidos los gastos de retirada y transporte, eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.

En ningún momento ni el Mandante ni GOBID ESPAÑA SL son responsables del buen funcionamiento, estado, ITVs, etc. de los lotes que componen el activo. A tal efecto su transmisión se efectuará como cuerpo cierto.   

En la venta no tiene lugar ningún tipo de garantía posterior a la venta por la no conformidad del bien, de forma que ésta no podrá ser reclamada por ninguno de los adquirentes o interesados.

Por lo tanto, la existencia de eventuales daños o falta de calidad en los bienes vendidos no podrá dar lugar a ninguna acción extrajudicial ni judicial de indemnización o resarcimiento.

Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objetos de la venta.

La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar su verdadera conformidad con el bien dispuesto a la venta.

Queda excluida cualquiera responsabilidad de GOBID ESPAÑA SL derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web. 
Gobid.it

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