TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICASPARA MÁS INFORMACIÓN SOBRE LAS MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN, CONSULTE EL AVISO DE VENTA DISPONIBLE EN LA SECCIÓN DE ANEXOS
Al presentar la oferta, el oferente declara haber leído íntegramente y aceptar todas estas condiciones de venta y toda la documentación puesta a su disposición. Si se adjunta un aviso de venta a la ficha de la subasta/anuncio, al formular la oferta, el oferente declara haberlo leído y aceptar las condiciones que figuran en él. El oferente declara además haber examinado y aceptado toda la documentación puesta a su disposición a efectos de participar.Duración de la convocatoria Inicio:
lun 02/11/2026 horas 12:00Fin:
jue 17/12/2026 horas 12:00
Condiciones para la visita:para reservar visitas y obtener más información:
[email protected] – tel. +39 02 86882269DepósitoLa participación en la convocatoria está sujeta al pago de un depósito de garantía obligatorio equivalente al 10 % del precio ofertado + 5 % para cubrir los derechos de subasta y los gastos de transmisiónLa fianza deberá pagarse mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta corriente:
MONTE PASCHI DI SIENA SPA
Agencia de Fabriano
ABI: 01030
CAB: 21100
CIN: K
IBAN: IT 43 K 01030 21100 000000414486
BIC/SWIFT: PASCITM1K07
a nombre de GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP S.R.L.
Reglamento de participaciónLa participación en esta venta se rige por las condiciones establecidas en el Aviso de Venta adjunto, que el usuario debe consultar.
Disponibilidad de los lotesLa transmisión de la propiedad se realizará mediante escritura notarial únicamente después del pago íntegro del precio de adjudicación, los gastos y el Buyer’s Premium, y se ordenará la cancelación de todas las inscripciones hipotecarias y de todas las cargas inscritas sobre el bien.
Se especifica que, cuando sea necesario, las divisiones catastrales y/o inmobiliarias previas a la transmisión de los bienes serán realizadas por cuenta y cargo del Procedimiento.
En consideración del tiempo técnico necesario para llevar a cabo las actividades mencionadas, el plazo para formalizar la escritura de transmisión podrá ampliarse más allá de los días asignados para el pago del saldo del precio, por el tiempo estrictamente necesario para completar los trámites técnicos.
Los bienes se venden libres de inscripciones hipotecarias y de anotaciones de embargos, si existieran en el momento de la venta; las posibles inscripciones y/o anotaciones de embargos y/o secuestros, así como los gastos relativos a cualquier otra carga, serán cancelados por cuenta y cargo de la parte compradora.
Serán por cuenta del comprador los honorarios notariales, los impuestos establecidos por ley y todos los gastos relacionados con la venta, fiscales y no fiscales.
En todo lo que no esté previsto aquí, se aplicarán las normas legales vigentes.
En caso de adjudicación de los bienes inmuebles y/o de las ramas de actividad mencionadas anteriormente, el depósito de garantía se descontará del saldo del precio de adjudicación y se ingresará en la cuenta corriente del Procedimiento, salvo decisión distinta de los órganos del Procedimiento.
En caso de adjudicación de los bienes muebles individuales mencionados anteriormente, el depósito de garantía será devuelto después de que el comprador haya retirado los bienes adquiridos en la subasta, previa autorización del Comisario Liquidador.
Frutos pendientes y producciones en proceso de maduración
Se especifica que todos los frutos pendientes existentes en los terrenos objeto de venta en la fecha de adjudicación – incluidos, a título meramente enunciativo y no limitativo, los productos vitivinícolas (uvas) – así como todas las producciones agrícolas en proceso de maduración, aunque aún no sean visibles, perceptibles o separables del suelo en esa misma fecha, siguen siendo propiedad exclusiva del Procedimiento de Liquidación Coactiva Administrativa.
Esta disposición incluye expresamente también los frutos procedentes de ciclos de cultivo iniciados antes de la fecha de adjudicación, aunque la maduración, recolección o separación del terreno tenga lugar después de la transmisión de la propiedad.
En consecuencia, el Procedimiento conservará el derecho exclusivo a continuar las actividades de cultivo en curso, así como a recolectar y retirar dichos frutos, incluso después de la fecha de adjudicación y/o de transmisión.
El adjudicatario se compromete desde ahora a permitir el acceso a los terrenos al Procedimiento y/o a las personas designadas por este para todas las actividades relacionadas con la gestión, el cultivo, la recolección y la retirada de los frutos, sin derecho a indemnización, compensación ni resarcimiento alguno, tampoco por concepto de falta de disfrute, ocupación o limitación del uso del terreno.
También queda expresamente excluida cualquier reclamación del adjudicatario respecto de los frutos maduros o en proceso de maduración, incluso si la recolección tiene lugar después de la transmisión de la propiedad.
RETIRADA DE LOS LOTES ADQUIRIDOSEl comprador solo podrá retirar los bienes una vez que se hayan recibido efectivamente los pagos del precio de adjudicación y de las comisiones correspondientes a los mismos lotes (Buyer’s Premium, gastos de gestión accesorios y posibles honorarios adicionales), que deberán abonarse dentro de los plazos indicados.
En caso de que el bien no se retire antes de la fecha límite de retirada (90 días desde la adjudicación), la venta se considerará resuelta automáticamente y los importes abonados por el adjudicatario, tanto en concepto de precio como de Buyer’s Premium, se retendrán en concepto de penalización indemnizatoria.
La retirada de los bienes adjudicados en subasta deberá realizarse por cuenta y cargo del adjudicatario, quien deberá dejar los lugares donde se encuentren los bienes en condiciones de seguridad y libres de objetos y materiales de desecho derivados de la retirada.
Si el Comisario Liquidador decidiera utilizar el servicio opcional de asistencia para la retirada, ofrecido previa solicitud por GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP Srl, esta comunicará por correo electrónico a los adjudicatarios la fecha y la hora en que será posible retirar los lotes adjudicados, así como el importe de los gastos que deberán abonarse.
Plazo de pagoEl usuario deberá pagar íntegramente los lotes adjudicados en un plazo de 60 días desde la adjudicación. Dentro del mismo plazo, el adjudicatario deberá ingresar las cantidades destinadas a cubrir los gastos de venta a cargo del comprador (gastos fiscales y no fiscales, impuestos establecidos por ley).
El Buyer’s Premium adeudado deberá pagarse en un plazo de 10 días desde la adjudicación.
Dentro del mismo plazo, en caso de adjudicación del Lote n.º 36 (bienes muebles – bienes no estratégicos Castelplanio), el adjudicatario deberá abonar las comisiones de subasta, calculadas al 10 % del precio de adjudicación, junto con los gastos accesorios de gestión indicados en las condiciones específicas de venta aplicables a este procedimiento.
Los gastos de venta a cargo del comprador (gastos fiscales y no fiscales, impuestos establecidos por ley, honorarios notariales) deberán pagarse en un plazo de 60 días desde la adjudicación
Buyer’s Premium: Se añadirá al precio de adjudicación de cada lote un cargo porcentual + IVA, también en caso de que las ofertas se reciban dentro del plazo previsto en el art. 107, apartado 4 (Ley Concursal).
El cargo porcentual mencionado anteriormente se aplicará conforme a las modalidades indicadas en la siguiente tabla:
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BUYER'S PREMIUM DECRECIENTE POR TRAMOS PROGRESIVOS
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Desde - hasta
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€ 0,00
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€ 2.500.000,00
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2,90%
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De - a
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€ 2.500.000,00
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€ 5.000.000,00
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2,50%
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Más de
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€ 5.000.000,00
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1,90%
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La base de cálculo de la prima del comprador se divide en diferentes tramos, a cada uno de los cuales corresponde un tipo decreciente a medida que aumentan los tramos.
En caso de adjudicación del Lote n.º 36 (bienes muebles – bienes no estratégicos Castelplanio), el adjudicatario deberá pagar las comisiones de subasta, calculadas al 10 % del precio de adjudicación, junto con los gastos accesorios de gestión indicados en las condiciones específicas de venta aplicables a esta subasta.
En caso de caducidad, el depósito de garantía de la prima del comprador se retendrá en concepto de penalización.
IVA: se calculará un IVA del 22,00% sobre el precio de venta sobre el precio de adjudicación de cada lote (cuando corresponda).
El porcentaje de aplicación del IVA podrá variar conforme a la ley.
En caso de que surjan controversias relacionadas con la interpretación de las disposiciones contenidas en las condiciones generales y específicas publicadas en la plataforma, eventualmente traducidas a otros idiomas, prevalecerá la versión italiana del texto.
Alcance de las unidades empresariales y transferencia de las relaciones jurídicas
La cesión de las unidades empresariales descritas anteriormente incluye, además de los bienes materiales e inmateriales que las componen, la subrogación del adjudicatario en todas las relaciones jurídicas activas y pasivas vinculadas al ejercicio de la empresa, vigentes en la fecha de transferencia, siempre que estén funcionalmente relacionadas con dichas unidades.
A título meramente ilustrativo y no exhaustivo, se incluyen en la transferencia: contratos de suministro y prestación de servicios, servicios públicos, contratos de consultoría, relaciones de agencia y distribución, contratos de seguro, así como cualquier otro contrato funcional para la gestión ordinaria de la actividad empresarial.
En todo caso, quedan excluidos de la cesión y seguirán siendo propiedad exclusiva del Procedimiento concursal:
– las deudas de cualquier naturaleza devengadas hasta la fecha de transferencia;
– los créditos devengados hasta la misma fecha;
vino a granel, vino embotellado y productos secos, que serán objeto de un inventario específico en la fecha de transferencia
En cuanto a las relaciones laborales por cuenta ajena, será de aplicación el art. 2112 del Código Civil italiano, por lo que se transferirán al adjudicatario las relaciones laborales correspondientes a las unidades empresariales objeto de cesión, tal como se identifican en el Anexo n.º [ 25cf], con continuidad de todos los derechos y obligaciones derivados de ellas.
Se entiende que la identificación precisa de las relaciones transferidas se realizará sobre la base de la documentación disponible en la Sala de Datos Virtual y en los anexos del presente anuncio.
Almacenamiento y gestión del vino a granel no incluido en la cesión
Dada la naturaleza del conjunto empresarial objeto de venta, el adjudicatario se compromete, de forma gratuita, a permitir que el Procedimiento concursal mantenga y almacene el vino a granel y embotellado no incluido en la cesión en los locales, depósitos y espacios de bodega que forman parte del conjunto cedido.
Esta disponibilidad deberá garantizarse durante un período máximo de 18 (dieciocho) meses a partir de la fecha de transferencia de la propiedad, o durante el tiempo inferior que sea necesario para que el Procedimiento concursal liquide completamente el producto.
Durante el período indicado, el adjudicatario se compromete a garantizar, de forma gratuita:
– la gestión administrativa del producto a efectos de la normativa vitivinícola vigente, incluida la llevanza y actualización de los registros telemáticos obligatorios (por ejemplo, los registros SIAN o equivalentes conforme a la normativa contra el fraude);
– las tareas habituales de conservación del vino, tales como, a título ilustrativo y no exhaustivo, trasiegos, controles básicos y mantenimiento de las condiciones técnicas mínimas de conservación;
– la colaboración operativa mínima necesaria para garantizar la correcta gestión del producto dentro de la actividad de bodega.
Quedan expresamente excluidas de las tareas gratuitas y, por tanto, correrán a cargo del Procedimiento concursal, previa solicitud, las tareas extraordinarias y/o de carácter industrial, entre ellas, a título ilustrativo:
– embotellado;
– envasado;
– etiquetado;
– análisis de laboratorio no rutinarios;
– actividades de comercialización.
El coste de estos servicios se acordará en cada caso con el Procedimiento concursal.
Los demás servicios se prestarán conforme a condiciones económicas de mercado, acordadas previamente entre las partes.
Durante el período de almacenamiento:
– la titularidad, la gestión comercial y la responsabilidad sobre el vino seguirán correspondiendo al Procedimiento concursal;
– el adjudicatario no asumirá responsabilidad alguna en relación con la calidad, el deterioro o la pérdida del producto, salvo en caso de dolo o culpa grave;
– el Procedimiento concursal tendrá derecho a acceder a los locales para las tareas de gestión, control y liquidación del producto, previo aviso con suficiente antelación.
Al vencimiento del plazo indicado, el Procedimiento concursal deberá retirar por completo el vino a granel que aún quede, salvo que las partes acuerden otra cosa.