33929: Derecho de crédito judicial de 677.629,44 € - Juzgado de lo Mercantil nº1 de Santa Cruz de Tenerife

TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS

Duración de la subasta:

Inicio: vie 16/10/2026 horas 12:30
Finalización: mie 18/11/2026 horas 12:30

Condiciones de visita de los lotes:

Para reservar más información y detalles:

Para reservar visitas y recibir más información y detalles: [email protected] - tel +34.911.875.990

Depósito

Para la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito específico de 10.000 €.

El depósito deberá de realizarse mediante:

Transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:

BANCO DE SABADELL, S.A
IBAN: ES24 0081 0682 4100 0189 4093
SWIFT/BIC: BSABESBBXXX
TITULAR: GOBID ESPAÑA S.L.
Concepto: (numero subasta y numero lote)

El depósito tendrá que estar abonado antes de la finalización de la Subasta.
Solo una vez recibido el depósito el usuario será autorizado a la participación de la Subasta.

Para agilizar la participación a la subasta se recomienda enviar justificante de pago a [email protected]

Los usuarios que hayan participado a la Subasta, pero no se hayan adjudicado ningún bien recibirán su caución dentro de los 20 días hábiles siguientes a contar desde la conclusión de la subasta, sin intereses.

Al adjudicatario se le imputará el importe del depósito al pago del precio de adjudicación.

Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfecciona la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.

En este caso, la adjudicación será atribuida al siguiente mejor postor que haya realizado una oferta igual o por encima del precio de reserva.

Cargas y Gravámenes

La enajenación se realizará libre de cargas y gravámenes, a excepción de los derechos limitativos de dominio y las afecciones legales correspondientes. Además, impuestos, arbitrios, tributos relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores, asumiendo además los gastos notariales, registrales y cualesquiera otros relacionados con la enajenación. En ningún caso la sociedad concursada soportará cualquier tipo de gasto afecto a la enajenación.

Adjudicación de los lotes

Al finalizar la subasta, en caso de que la oferta ganadora de la subasta sea de importe igual o superior al precio de reserva se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.

En el caso de que la oferta no alcance el precio mínimo o de reserva, la adjudicación tendrá que ser aprobada por parte de la Administración Concursal.

Advertencia: la Administración Concursal se reserva la posibilidad de comunicar la oferta ganadora al Juzgado para su aprobación. En este caso, solo una vez aprobada la oferta por el Juzgado, se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor.

Modalidad de participación

Para poder participar a la subasta, el usuario deberá registrarse a la página www.gobid.es, añadiendo sus propios datos personales, solicitar la registración a la subasta y aceptar sus términos y condiciones.

Los datos incluidos en el momento de registrarse en la página de la subasta serán los mismos que se utilizarán para asignar adjudicación de la venta, de los lotes y de la propiedad de los mismos.

Todos los pagos requeridos, anteriores y posteriores a la venta, deberán de ser abonados por parte de los usuarios registrados. Eventuales poderes se tendrán en cuenta solo en caso de autorización del Mandante.

El usuario tendrá que ingresar el depósito requerido para la participación a la subasta en la cuenta bancaria especificada anteriormente.

El usuario tendrá que especificar el número de subasta y el número de lotes en los que quiere participar y enviar al mismo tiempo justificante de la trasferencia realizada a la dirección de correo electrónico [email protected].

El deposito tendrá que ser obligatoriamente acreditado antes de la finalización de la subasta.

Forma de pago

El pago del Buyer’s Premium tendrá que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicada en el momento de la registración o juntos con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta).

El adjudicatario provisional tendrá que consignar en la Cuenta de la concursada, que se indicará en el momento del envío de la confirmación de adjudicación, el precio total del remate, descontado el importe del depósito, más IVA (si es aplicable) en el plazo establecido. (véase condiciones generales).

Los eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial, tendrán que consignarse antes de la fecha establecida para la formalización de la venta. Una vez abonados todos los importes se procederá a la formalización de la venta se realizará a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administración Concursal.

Plazo de pago

El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 10 días habiles desde la comunicación de adjudicación.

El pago del precio de adjudicación deberá de realizarse en el plazo de 10 días habiles desde la comunicación de adjudicación.

Se prevé la posibilidad, previa autorización de la Administración Concursal, de abonar el precio del remate en el momento de la formalización de la venta ante notario.

Transmisión de propiedad

La formalización de la venta de los creditos se realizará a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administracion Concursal, solo una vez abonados el precio de adjudicación y los honorarios (Buyer’s Premium) y demás gastos derivados de la compra, siendo todos los costes asumidos por el adjudicatario.

La formalización deberá realizarse en un plazo máximo de 20 días hábiles desde el envío de la confirmación de adjudicación, siendo este plazo prorrogable solo por parte de la Administración Concursal.

Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos que resulten necesarios para su transmisión sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, el Mandatario en acuerdo con el Mandante, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El importe depositado a título de Buyer's Premium será perdido y retenidos a título de indemnización.

Se establecen unos gastos de administración, asumidos íntegramente por el adjudicatario, destinados a cubrir el servicio de formalización de la venta, que será organizada por el Mandatario. Los gastos de administración tendrán un importe fijo que no podrá superar los 300€, el importe exacto se detalla en la ficha del lote correspondiente bajo el concepto "gastos de administración".

Régimen específico de la cesión del derecho de crédito

Objeto y accesorios. La cesión comprende el derecho de crédito con todos sus accesorios, incluidos los intereses y las costas que, en su caso, se liquiden en el procedimiento de ejecución.

Sucesión procesal y notificación al deudor. Corresponde al cesionario, a su costa y bajo su responsabilidad, solicitar la sucesión procesal en el procedimiento de ejecución del que deriva el crédito (artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) y notificar la cesión al deudor (artículo 1527 del Código Civil). La Administración Concursal facilitará al cesionario la documentación de la ejecución de la que disponga.

Fecha de corte. Las cantidades ingresadas en la cuenta de depósitos y consignaciones del procedimiento de ejecución, u obtenidas por cualquier otro medio, hasta la fecha del pago íntegro del precio corresponden a la masa del concurso. Las cantidades obtenidas con posterioridad a dicha fecha corresponderán al cesionario.

Gastos de la ejecución. Son a cargo del adjudicatario todos los gastos, tributos y aranceles derivados de la cesión y de su formalización, así como los gastos de la sucesión procesal y de la continuación de la ejecución.

Documentación y confidencialidad. La documentación judicial del crédito (auto de autorización, resoluciones de la ejecución y relación de bienes identificados) se facilitará a los interesados registrados que la soliciten a través de la plataforma, previa firma del compromiso de confidencialidad (NDA). Los datos personales del deudor se tratarán exclusivamente para los fines de esta subasta, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018.

Otras condiciones específicas

Buyer’s Premium: El oferente que resulte adjudicatario definitivo tendrá que abonar los honorarios de la casa de subasta que se fijan en: 10,00% sobre el precio final de adjudicación de cada lote, más IVA 21% (si fuera aplicable).

El pago de la comisión (Buyer’s Premium) será a cargo del adquirente o adjudicatario, sea o no éste el acreedor con privilegio especial.

El Buyer’s Premium tendrá un importe mínimo de 500,00 euros más IVA (si fuera aplicable), por cada lote (comisión mínima).

Impuestos de la Adjudicación: se aplicará el IVA o/y aquel impuesto que resulte aplicable según la normativa y el sujeto adjudicatario.

Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva y así hasta que no se realice ninguna oferta en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid) los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo extra-time.

GOBID ESPAÑA SL no responde de la existencia y legitimidad de los créditos objeto de venta, ni de la solvencia del obligado al pago, en ambos casos al tiempo de la compraventa.

El derecho de crédito objeto de subasta tiene origen judicial: deriva de la calificación culpable del concurso, con condena de la persona afectada por la calificación al pago de las cantidades indicadas en la descripción del lote, y se encuentra en fase de ejecución judicial. Conforme al artículo 1529 del Código Civil, la concursada cedente responde únicamente de la existencia y legitimidad del crédito al tiempo de la cesión, y no responde de la solvencia del deudor, del resultado de la ejecución ni de la titularidad, valor o situación de los bienes que pudieran pertenecer al deudor. El adjudicatario en todo caso y ante cualquier circunstancia, exonera a la Administración Concursal de cualquier responsabilidad presente o futura sobre el futuro pago de los derechos de crédito objeto de transmisión, asumiendo el adjudicatario íntegramente el riesgo de impago.

Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán a cuenta de la parte adjudicataria, incluidos eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.

El derecho de crédito se transmite en el estado de hecho y de derecho en que se encuentra, incluido el estado procesal de la ejecución, que el adjudicatario declara conocer y aceptar por el solo hecho de participar en la subasta.

El adjudicatario renuncia expresamente a cualquier reclamación frente a la concursada, la Administración Concursal o GOBID ESPAÑA S.L. por la falta de cobro total o parcial del crédito, por la insolvencia total o parcial del deudor, por la duración, incidencias o resultado del procedimiento de ejecución, o por la inexistencia, titularidad, valor, cargas o situación de los bienes que pudieran pertenecer al deudor, y no podrá solicitar la revisión del precio ni desistir de la adquisición por estas circunstancias.

La información sobre bienes o derechos del deudor que figure en la descripción o en la documentación del lote, incluida la procedente de consultas catastrales, es meramente orientativa: no acredita su titularidad ni la existencia de embargos trabados sobre ellos y no constituye garantía alguna.

Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre el crédito objeto de la venta.

La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar la situación del crédito y de la ejecución. Corresponde al interesado, con carácter previo a la presentación de pujas, examinar por su cuenta la documentación judicial facilitada previa firma del NDA y valorar el riesgo de cobro.

Queda excluida cualquiera responsabilidad de GOBID ESPAÑA SL derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web.
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