32955: Nave industrial, maquinaria y vehículos en Olivares (Sevilla) - Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla

TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS

Duración de la venta:
 
Inicio: mar 04/08/2026 horas 13:00
Finalización: vie 04/09/2026 horas 13:00
 
Condiciones de visita de los lotes

Fechas de las visitas: con cita previa.

Para reservar visitas y recibir más información y detalles: [email protected] — tel. +34.911.875.990.
 
Depósito

Para la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito igual al 5% del valor de inventario del lote ofertado.

El depósito deberá de realizarse mediante:
 
Transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:
 
BANCO DE SABADELL, S.A

IBAN : ES24 0081 0682 4100 0189 4093
SWIFT/BIC: BSABESBBXXX

TITULAR: GOBID ESPAÑA S.L.
 
Concepto: (número venta y número lote)

El depósito tendrá que estar abonado antes de la finalización de la recopilación de ofertas.
Solo una vez recibido el depósito la oferta será considerada valida y pasará al estudio de la Administración Concursal.   
Para agilizar los trámites se recomienda enviar justificante de pago a [email protected] 
 
Los usuarios que hayan participado en la recopilación de ofertas, pero no se hayan adjudicado ningún bien, recibirán su caución dentro de los 20 días siguientes a contar desde la conclusión de la venta.
 
Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfeccionara la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.   

Cargas

La enajenación se realizará libre de cargas y gravámenes, a excepción de los derechos limitativos de dominio, las afecciones legales y cargas urbanísticas correspondientes.
Además, impuestos, arbitrios, tributos relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores, asumiendo además los gastos notariales, registrales y cualesquiera otros relacionados con la enajenación. En el caso de adjudicación por parte del acreedor privilegiado la asunción de los tributos se realizará de conformidad con las normas tributarias. En ningún caso la sociedad concursada soportará cualquier tipo de gasto afecto a la enajenación. Igualmente, serán por cuenta del comprador los importes pendientes que pudieran existir en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles, cuotas de urbanización y gastos de comunidad y de aquellas tasas y todo tipo de gastos devengados y no satisfechos por la concursada que graven los bienes. 
 
Los mandamientos de cancelación de cargas, únicamente se emitirán por el Juzgado, una vez se aporte por la Administracion Concursal la acreditación de la efectiva transmisión de bienes.
 
La Administración Concursal solicitará al Juzgado la cancelación de las cargas y anotaciones registrales tanto de embargos como dimanantes del concurso, los gastos de ello derivados correrán a cargo del adquirente.

 
Modalidad de participación y adjudicación

La recopilación de ofertas se gestionará según las siguientes modalidades:
 
Para poder presentar oferta irrevocable de adquisición, el usuario tendrá que presentar modelo de oferta irrevocable (publicado online) y enviarlo firmado, por aceptación de estas condiciones, a la dirección de correo electrónico: [email protected] junto con el justificante de transferencia del abono del depósito caucional y la documentación expresada a continuación:

- SI PERSONA FISICA:
- copia de DNI valido de la persona a la que se adjudicará la transmisión de la propiedad del lote.
- si el oferente es cónyuge en régimen de bienes gananciales, deberá de facilitar también los datos del cónyuge, mediante el envío de la copia del DNI (documento no vinculante para la habilitación a la subasta, pero requerido en caso de adjudicación).

- SI EMPRESA O ENTIDAD:
- Copia de escritura de constitución de la Sociedad donde constan la constitución de la Sociedad y los poderes otorgados al oferente.
- Copia de DNI valido del administrador o legal representante
- Traducción jurada de la escritura de constitución, en el caso de que la empresa no sea española.
- Poder autorizado por notario, en el caso de participación mediante representante


La presentación del modelo oferta junto al abono del depósito caucional requerido, equivaldrá a la aceptación de las condiciones de utilización de la plataforma www.gobid.es, de las condiciones generales y específicas de la venta y de conformidad con toda la documentación anexa a la página de la venta.

Las ofertas irrevocables presentadas constituirán un compromiso formal de adquisición por parte del oferente.

Los datos incluidos en el modelo oferta serán los mismos que se utilizarán para asignar adjudicación de la venta, de los lotes y de la propiedad de los mismos.

Las ofertas recibidas a la dirección de correo electrónico indicada serán estudiadas por el Mandante, que podrá, a su incuestionable juicio:

a. Aceptar la mejor oferta

b. Convocar una subasta, reservada a quien ha presentado oferta

c. Rechazar las ofertas presentadas

 
El Mandante se reserva, a su incuestionable juicio, la facultad de aceptar o no las ofertas irrevocables de adquisición presentadas por los oferentes. Ofertas consideradas insuficientes o inviables no serán aceptadas por el Mandante.
 
 

Forma de pago   


El pago del Buyer’s Premium tendrá que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicada en el momento de la registración o juntos con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta).
 
El adjudicatario provisional tendrá que consignar en la Cuenta de la concursada, que se indicará en el momento del envío de la confirmación de adjudicación, el precio total del remate más IVA (si es aplicable) en el plazo establecido. (véase condiciones generales).
 
Los eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos, tendrán que consignarse antes de la fecha establecida para la formalización de la venta. Una vez abonados todos los importes se procederá a la trasmisión de la propiedad a través de escritura notarial, según las modalidades establecidas por parte del Mandante.



Plazo de pago


El pago del precio de adjudicación de los lotes deberá de realizarse en el plazo de 30 días desde la comunicación de adjudicación.


El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 10 días desde la comunicación de adjudicación.

Se prevé la posibilidad, previa autorización de la Administración Concursal, de abonar el precio del remate en el momento de la formalización de la venta ante notario.

Transmisión de propiedad
 
La formalización de la venta de los bienes inmuebles se realizará a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administración Concursal, solo una vez abonados el precio de adjudicación y los honorarios (Buyer's Premium) y demás gastos derivados de la compra, siendo todos los costes asumidos por el adjudicatario.

La formalización deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días desde el envío de la confirmación de adjudicación, siendo este plazo prorrogable solo por parte de la Administración Concursal.

El Mandante se hará cargo finalmente de realizar petición al Secretario Judicial para que proceda al levantamiento de los embargos, cargas y anotaciones dimanantes del concurso que pesaran sobre los bienes transmitidos, mediante el libramiento de los correspondientes mandamientos. Los costes de los eventuales levantamientos serán a cargo de los adjudicatarios.
 
Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario no concurriese al otorgamiento de los documentos necesarios para su transmisión, sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, el Mandatario, de acuerdo con el Mandante, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El importe depositado a título de Buyer's Premium será perdido y retenido a título de indemnización.

Se establecen unos gastos de administración, asumidos íntegramente por el adjudicatario, destinados a cubrir el servicio de formalización de la venta, que será organizada por el Mandatario.

No se entregará la posesión del inmueble hasta que hayan concluido la liquidación y la retirada de los bienes muebles de la concursada presentes en el inmueble.

Formalización y cambio de titularidad

El adjudicatario estará obligado a formalizar el correspondiente contrato de compraventa en el plazo que le sea indicado por la entidad gestora de la subasta. Asimismo, deberá realizar, por su cuenta y cargo, todos los trámites necesarios para el cambio de titularidad del bien adjudicado ante la Dirección General de Tráfico (DGT) y cualesquiera otros registros públicos que resulten de aplicación.

En el caso de que la retirada del bien se realice previamente al cambio de titularidad, el adjudicatario asumirá desde dicho momento todas las responsabilidades, cargas, gastos, impuestos y sanciones que pudieran derivarse del mismo, exonerando expresamente a la entidad vendedora y a la entidad gestora de cualquier responsabilidad posterior a la entrega.


Condiciones para la retirada

En cualquier caso, la retirada debe completarse a más tardar en 20 días desde la confirmación de adjudicación provisional.

Con el objetivo de optimizar el servicio de retirada, GOBID ESPAÑA S.L. comunicará mediante correo electrónico a los adjudicatarios la fecha y el horario para proceder a la retirada de los lotes. Estas fechas también podrán indicarse en la página web de la subasta. En cualquier caso, GOBID ESPAÑA S.L. se reserva el derecho de cambiar las fechas y horas indicadas para la recogida a su sola discreción.
 
En caso de que el adjudicatario tuviera que realizar la retirada en fechas adicionales a las ofrecidas, tendrá que abonar una cantidad entre 250,00 € y 350,00 € más IVA por cada día añadido, en función de los bienes a retirar, como gastos adicionales.
 
Los adjudicatarios deberán respetar la fecha propuesta. En caso de que no puedan realizar la retirada en la fecha y horario comunicado, podrán:
 
– previa aprobación, solicitar que se admita la retirada durante el siguiente experimento, si está previsto;
– previa aprobación, realizar la retirada en días y horarios distintos a los inicialmente propuestos en la misma fase de venta, abonando una cuota ulterior de entre 250,00 € y 350,00 € más IVA por día añadido y persona necesaria para la asistencia, como gastos adicionales.
 
El incumplimiento de la fecha de retirada programada entre GOBID ESPAÑA S.L. y el adjudicatario dará lugar a la aplicación de una sanción de 350,00 € si no hubiera notificado la anulación de la retirada al menos 48 horas antes de la cita, sin perjuicio de que, en todo caso, se deba pagar una indemnización por los daños a GOBID ESPAÑA S.L.
 
Los lotes que no se hayan retirado en el plazo establecido serán sujetos a una penalización diaria de 50,00 €. En el supuesto de que el bien no sea retirado en los 30 días siguientes a contar desde el último día previsto para la retirada, la venta se considerará resuelta y serán retenidos los importes abonados por parte del adjudicatario (lotes adjudicados – Buyer's Premium, gastos de gestión complementarios y eventuales cargas complementarias pagadas), a título de indemnización por el perjuicio causado.
 
GOBID ESPAÑA S.L. no tiene obligación de entregar ningún lote ni de organizar de ninguna manera la retirada y la entrega de los mismos.
 
Las operaciones de retirada deberán ser realizadas por el comprador en cumplimiento de las normas de seguridad vigentes que establece la ley; por tanto, estará obligado a realizar los ajustes necesarios incluso cuando se refiera a terceros y/o colaboradores empleados en la realización de las operaciones mencionadas.
 
El adjudicatario es responsable del eventual desmontaje, desplazamiento, carga y transporte de los lotes adjudicados y, en caso de vehículos, también de la transmisión de propiedad y de otros trámites que correspondan.
 
En cualquier caso, GOBID ESPAÑA S.L. no pondrá a disposición ningún lote antes de que se hayan abonado los pagos anteriores y, en el caso de bienes muebles registrados, antes de que se complete la transferencia de propiedad correspondiente.
 
Formateo de equipos informáticos: el adjudicatario del lote de equipos informáticos deberá formatear los equipos que lo requieran antes de la retirada. El coste del formateo correrá a cargo del adjudicatario, quien además deberá acreditar que los equipos han sido vaciados conforme a la normativa vigente.

Descontaminación de equipos/elementos: en caso de que alguno de los elementos requiera ser descontaminado antes de su retirada, el proceso de descontaminación, así como cualquier otro procedimiento necesario para su correcta puesta en seguridad, desmontaje, retirada y transporte conforme a la normativa vigente, serán responsabilidad del adjudicatario, incluyendo los costes asociados.

 
Otras condiciones específicas
 
Buyer's Premium: el oferente que resulte adjudicatario definitivo tendrá que abonar los honorarios de la casa de subasta, que se fijan en el 5,00% sobre el precio final de adjudicación de cada lote, más IVA 21% (si fuera aplicable), además de eventuales gastos de administración que se detallan en la ficha de cada lote.

El Buyer's Premium tendrá un importe mínimo de 50 euros (más IVA, si fuera aplicable) por cada lote o combinación adjudicados (comisión mínima).

El pago de la comisión (Buyer's Premium), así como cualquier otro gasto de administración establecido, será a cargo del adquirente o adjudicatario, sea o no éste el acreedor con privilegio especial.

Gastos de administración: son los gastos adicionales que recaen completamente sobre el adjudicatario, destinados a cubrir los servicios y actividades, realizadas y por realizar, necesarios para la preparación, organización y gestión de la venta de los bienes en subasta y la fase posterior a la adjudicación. Estos gastos deberán ser abonados junto con el pago del Buyer's Premium según la confirmación de adjudicación provisional que se emitirá una vez finalizada la subasta. Si son aplicables, dichos gastos se indicarán en la ficha de cada lote.

En caso de adjudicación de varios lotes, podrá acordarse una reducción de dichos gastos en función de los días efectivos de retirada y del servicio ofrecido por GOBID.

Bienes afectos a créditos privilegiados

Los acreedores con privilegio especial no tendrán la obligación de realizar la consignación del depósito.
 
Se da opción al titular del crédito con privilegio especial de ceder la adjudicación que consiga.
 
El acreedor con privilegio especial, en caso de adjudicación, estará obligado al pago de los honorarios de la entidad especializada.


Valor proporcional del Lote 0 (Lote Completo)

El Lote 0 (Lote Completo) está compuesto por el bien inmueble con sus instalaciones (nave industrial situada en Olivares, Sevilla, Carretera de Gerena nº 5), que conforman el Lote 1, y el resto de bienes muebles (maquinaria, vehículos, mobiliario, existencias e inmovilizado intangible). Sobre un valor total de referencia de 810.480,73 €, el valor se encuentra dividido proporcionalmente de la siguiente manera: la Finca Registral correspondiente a la nave industrial, incluidas sus instalaciones (terreno, construcción e instalaciones, según tasación KRATA, S.A.), inscrita en el Registro de la Propiedad de Sanlúcar la Mayor, representa el 73,81% del valor total (598.176,32 €), mientras que el resto de bienes muebles corresponde al 26,19% (212.304,41 €). Del importe resultante de la subasta, el 73,81% del valor de la oferta adjudicada se destinará a la Finca Registral (bien inmueble e instalaciones), mientras que el 26,19% corresponderá al resto de bienes muebles.



Impuestos de la adjudicación

Se aplicará el IVA y/o aquel impuesto que resulte aplicable según la normativa y el sujeto adjudicatario.
 

Ofertas sobre el Lote Completo: En caso de que no se reciban ofertas por el lote completo (Lote 0), se procederá a la adjudicación de los lotes individuales, siempre y cuando hayan recibido ofertas, según lo que se establece en el párrafo “Adjudicación de los lotes”. En caso de que se reciban ofertas tanto en el Lote Completo (Lote 0) como en los lotes individuales, la Administración Concursal, al finalizar la subasta, tendrá que decidir si adjudicar el Lote Completo o los lotes individuales, en función de los valores alcanzados, a su incuestionable juicio.



Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva, y así hasta que no se realice ninguna oferta en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid), los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo de extra-time.

Estado de los bienes y renuncia al saneamiento

Los adjudicatarios o compradores no podrán hacer reclamaciones por el estado físico y/o jurídico de los bienes y/o derechos, tanto en cuanto a su configuración física como a su situación jurídica, entendiéndose que con la oferta efectúan su renuncia a ello; transmitiéndose cualesquiera de los bienes que sean objeto de la presente liquidación como cuerpo cierto. En ese sentido se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentra el bien objeto de la subasta, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la compra por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable; renunciando expresamente el ofertante, en caso de adjudicación y/o compra, al saneamiento por vicios ocultos, regulado en el art. 1.474 del Código Civil, eximiendo expresamente a la vendedora de tales obligaciones.
 
El oferente asume como consecuencia de su participación el estado en el que se encuentre el activo, tanto en cuanto a su configuración física como a su situación jurídica, adquiriendo como cuerpo cierto y renunciando al ejercicio de acciones por vicios ocultos o de naturaleza similar. Es recomendable visitar los lotes en venta.
 
Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán a cuenta de la parte adjudicataria, incluidos los gastos de retirada y transporte, eventuales gastos de transmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelaciones en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.

En la venta no tiene lugar ningún tipo de garantía posterior a la venta por la no conformidad del bien, de forma que ésta no podrá ser reclamada por ninguno de los adquirentes o interesados.
 
Por lo tanto, la existencia de eventuales daños o falta de calidad en los bienes vendidos no podrá dar lugar a ninguna acción extrajudicial ni judicial de indemnización o resarcimiento.
 
Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objeto de la venta.
 
La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar su verdadera conformidad con el bien dispuesto a la venta.
 
Queda excluida cualquier responsabilidad de GOBID ESPAÑA S.L. derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web.

Gobid.it

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